El pasado 28 de agosto, la Región de Los Ríos fue el escenario del atentado de violencia rural de mayor envergadura. Ocho desconocidos quemaron 29 camiones y dejaron un panfleto en que la agrupación Weichan Auka Mapu se adjudicaba este ataque. El fiscal regional de la zona, Juan Agustín Meléndez, relata cómo se presenta la violencia rural y las limitantes que existen a la hora de indagar este tipo de ilícito.

¿De qué manera se manifiesta la violencia rural en su región? ¿En qué zona se concentra, cuáles son los blancos más comunes?

Principalmente, se han registrado incendios de maquinarias y camiones, y en un par de ocasiones de inmuebles. La mayoría de los casos han ocurrido en las comunas del norte de la región, principalmente en Lanco. Allí tenemos una investigación vigente desde enero del año pasado en la que se invocó la Ley Antiterrorista por parte del Ministerio del Interior, a través de una querella por la quema de maquinarias y lesiones causadas con perdigones a funcionarios de Carabineros.

¿Cómo toma el hecho de que se quemaron 29 camiones, el hecho delictual de mayor envergadura dentro del ámbito de la violencia rural?

Es un hecho muy grave, el más grave en esta región, respecto del cual, desde el punto de vista investigativo, esperamos contar con la mayor colaboración y éxito por parte de los equipos de Carabineros, a quienes hemos encomendado las diligencias para encontrar a los responsables. No estamos ante un escenario que sea de gran escalada de este tipo de hechos en esta región, sino más bien se trata de hechos aislados, con un último acontecimiento de gran magnitud.

¿Se manejaba información de que algo así podría ocurrir?

Las labores de inteligencia corresponden a Carabineros y a la PDI, en el ámbito de sus atribuciones, en conjunto con el Ministerio del Interior. Por esta razón, la fiscalía no maneja este tipo de información, a menos que se nos traspase.

¿Nadie le advirtió que algo así podría ocurrir en su región?

Obviamente no fuimos advertidos de que algo así podría ocurrir en esta región. No manejamos información de que alguien haya sabido de esta situación.

¿Se pueden esperar más ataques?

Esperamos que quienes están a cargo de la prevención logren éxito en estas tareas.

¿Cómo abordará este caso?

La investigación está a cargo de un fiscal preferente que tiene mucha experiencia.

¿Qué tan útil es la información que se ha recabado en las fiscalías del Biobío y La Araucanía?

Con ambas existe plena coordinación, desde que formamos parte junto a ellas de la denominada Mesa Interregional sobre Violencia Rural, que el fiscal nacional instauró el año pasado. En esta instancia efectuamos el debido traspaso de información que puede ser útil para las investigaciones de todas las regiones.

¿Por qué hay pocas detenciones por este tipo de hechos?

Por la misma forma en que se comete este tipo de delitos: actuando de forma coordinada, encubierta, sorpresiva, generalmente de noche y en lugares apartados, lo que hace que los autores huyan del lugar rápidamente y sin que se logre que sean detenidos en flagrancia, de tal forma que tienen el tiempo suficiente para destruir los elementos utilizados para cometer estos delitos y otras evidencias. Todo ello constituye una dificultad para obtener detenciones.

Su fiscalía está requiriendo a Facundo Jones Huala -activista preso en Argentina- por el atentado ocurrido en Pisu Pisue. ¿Hay actos coordinados entre grupos radicalizados chilenos con argentinos?

Es una hipótesis que no se puede descartar. Ese caso es del año 2013 y es una investigación en la cual, con antecedentes de inteligencia debidamente recabados de forma legal, pudimos ir a juicio oral, quedando pendiente este proceso de extradición.

Respecto a la Ley Antiterrorista, ¿cree que es una herramienta que se puede perfeccionar?

Cuando la gravedad de los hechos lo justifique, debe invocarse la aplicación de dicha norma. Ahora bien, sería muy útil perfeccionar esta ley, incorporando técnicas de investigación (agentes encubiertos) como las contempladas en la Ley de Drogas y que incluso la Ley de Agenda Corta, que entró en vigencia el año 2016, las estableció para delitos contra la propiedad y de control de armas. Advertimos que se da una situación particular, porque ante delitos graves como los indicados, pero de menor intensidad que los terroristas, se cuenta con facultades investigativas que la Ley Antiterrorista no tiene. Cuesta entender que para investigar ilícitos de mayor connotación social no se cuente con estas herramientas.