El magistrado Cristián Sánchez, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, declaró inadmisible la querella presentada el lunes pasado por el general director de Carabineros Bruno Villalobos quien pretendía hacerse parte, como persona natural, de la investigación por la malversación de $16.500 millones en la que se indaga la participación de más de 40 oficiales de la institución.

Entre los argumentos de la resolución, a la que tuvo acceso La Tercera, el juez señala que si bien el alto oficial interpone la acción judicial "en calidad de persona natural", es de público conocimiento que es el actual general director de Carabineros de Chile. "En efecto, se podrá querellar cualquier persona capaz de aparecer en juicio domiciliada en la provincia, respecto de hechos punibles cometidos en la misma que constituyeran delitos cometidos por funcionarios públicos contra la probidad pública", dice la resolución.

Sin embargo, acto seguido aclara que "es un hecho de público conocimiento que la investigación que lleva adelante el Ministerio Público es en contra de diversas personas, algunas de ellas funcionarios o ex funcionarios de Carabineros o de terceros no servidores públicos" y que en ese sentido su calidad de general director de la mencionada institución "no puede desatenderse". De hecho, sostiene el magistrado, "es en cuya calidad (Villalobos) ha conocido e informado a la población sobre los hechos, al parecer delictuales que investiga la Fiscalía del Ministerio Público, según consta en diversos medios de prensa y declaraciones públicas de dicha autoridad de la policía uniformada del país".

El juez Sánchez hace alusión a la querella en que el general Villalobos sostiene que los presuntos hechos delictuales "han afectado su institución" y que entonces él se refiere "directamente a la policía uniformada que dirige, "esto es, los refiere (los hechos) en su calidad de general director de Carabineros de Chile en cuya investidura los conoce". Y ejemplifica el tribunal que en la querella el oficial alude a "desde cuentas bancarias institucionales a cuentas bancarias particulares".

Para Sánchez, "estas expresiones, en opinión de este juez de garantía mueven a comprender que la querella del señor Villalobos Krumm sólo puede ser interpuesta en su calidad de general director de Carabineros ya que denotan sentido de pertinencia orgánica a la policía uniformada, por hechos que sólo pueden ser conocidos y denunciados en calidad de general director de la institución".

Tras este razonamiento, el magistrado da cuenta que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) hizo uso de sus facultades legales y se querelló el 14 de marzo de 2017 y que la Ley Orgánica del CDE hace que le competa a este organismo la acción penal cuando se trate de delitos que puedan acarrear perjuicios económicos para el Fisco.

"Que, por otro lado, el artículo 52 de la Ley Orgánica Constitucional de carabineros N°18.961 no autoriza al general director de carabineros a interponer acciones penales por presuntos hechos delictuales que hayan afectado el erario público", dice la resolución que agrega que dicha facultad compete al CDE.

Y finaliza, "se declara inadmisible la querella interpuesta por el Sr. Bruno Villalobos Krumm, general director de Carabineros de Chile por carecer de legitimación activa".