El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó este miércoles que la justicia acogió una serie de medidas precautorias solicitadas por el organismo en contra de las cadenas de farmacias en el marco de la demanda colectiva por la colusión de los precios de los medicamentos, lo que implica que las empresas no podrán enajenar determinados inmuebles.

Además, la justicia aceptó la petición del Sernac que impide que las cadenas farmacéuticas transfieran los derechos que tienen sobre determinadas marcas comerciales.

Estas medidas acogidas por la justicia son relevantes, pues permiten asegurar, que en el caso de dictarse una sentencia que ordene compensar, reparar y/o indemnizar a los consumidores afectados por la colusión, existan bienes suficientes sobre los cuales perseguir dicho cumplimiento forzado en el caso que las empresas no cumplan voluntariamente con la decisión del tribunal, explicó el Sernac.

El Sernac demandó colectivamente a las cadenas de farmacias Salcobrand, Cruz Verde y Farmacias Ahumada en febrero del 2013, acción legal que busca que los consumidores afectados por la colusión de un listado de 206 medicamentos ocurrido entre diciembre del 2007 y marzo del 2008, sean compensados por los daños sufridos.

En diciembre del año 2013 la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible la demanda colectiva. Esta fue la primera vez que se declara admisible una acción colectiva para resarcir daños causados por una conducta anticompetitiva.