La semana pasada el Octavo Juzgado Civil de Santiago prohibió a la Autopista Costanera Norte realizar el reajuste de sus tarifas en el horario punta, fuera de punta y horario de saturación, aumento que debía comenzar a regir a partir del 10 de enero pasado.

La concesionaria presentó un recurso, el que hoy tuvo respuesta por parte del juzgado, el que no se refirió a la solicitud de la autopista, sino que pidió al Ministerio de Obras Públicas un informe, con el objeto de verificar el cumplimiento de las obligaciones del concesionario.

La cartera de Obras Públicas tendrá un plazo de 10 días hábiles para entregar el documento y así tomar una decisión determinante en el caso.

La resolución esgrimida el pasado martes 11 de enero por la jueza suplente Sylvia Papa Belletti, se acogió en la medida cautelar presentada por los abogados de Constanza Madrid Quinteros, quienes presentaron una demanda de interés colectivo difuso en contra de la autopista.

El dictamen determinó que "se concede la medida precautoria solicitada sólo en cuanto se prohíbe efectuar por parte de la demandada Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A. reajuste por el periodo 2011 a las tarifas para horario fuera de punta, horario punta y horario de saturación".