El presidente ejecutivo de Codelco, Thomas Keller, manifestó su satisfacción por la decisión del Tribunal Ambiental que ayer rechazó una solicitud de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) para clausurar dos obras de la fundición y refinería Ventanas.
"Le da mucha tranquilidad a la compañía y especialmente a los trabajadores que dependen de esa operación para su fuente de trabajo", señaló Keller.
El ejecutivo indicó que la decisión del tribunal confirma la postura de Codelco respecto a que la SMA estaba errada en su postura, al sostener que dichas obras debían contar con permisos ambientales.
Asimismo sostuvo que "lo que nos debe llevar a la reflexión a todos es la importancia de cuidar una institución tan importante como es la Superintendencia de Medio Ambiente, que está llamada a jugar un rol fundamental en la institucionalidad ambiental de este país, y desde ese punto de vista, hay que aprender de los errores y ojalá que las cosas se hagan con más prolijidad, de tal manera de evitar los errores de los cuales fuimos testigos en esta oportunidad", enfatizó.
Respecto a los próximo pasos a seguir Keller indicó que "ahora vamos a proceder a demostrar que no existe ninguna necesidad, ninguna obligacion de someter a evaluación ambiental estas dos instalaciones que fueron objeto de esta diferencia de opinión (....) porque nunca ha habido ningun cambio sustancial ni material en nuestras operaciones , que es el argumento de fondo para que en teoría, tendrían que haberse sometido a una nueva evaluacion ambiental".
En tanto el ministro de Minería, Hernán de Solminihac, sdostuvo que la decisión del tribunal "es bastante interesante, porque nos permite seguir produciendo, pero lo importante es que también dio luces de que era importante ver la forma de como seguir adelante en los procesos".
En este sentido explicó que "nosotros creemos que ya está zanjado el tema con la resolución del Tribunal Ambiental".
La solicitud de la SMA se produjo tras una investigación llevada a cabo durante siete meses, donde según argumentó el organismo se verificó que existen dos áreas de almacenamiento, específicamente los sitios denominados "Sector Botadero" y "Sector Depósito de Seguridad", los cuales debieron ser evaluados ambientalmente con anterioridad a su construcción y operación.
La SMA detalló que la petición de la medida de clausura se fundamenta en que los proyectos no evaluados generan un riesgo inminente de daño al medio ambiente y a la salud de las personas.
Sin embargo el tribunal sostuvo que la SMA no presentó los antecedentes necesarios para acreditar la existencia de daño inminente a la salud de las personas y al medio ambiente.
Además, las medidas solicitadas no son las adecuadas para impedir los supuestos riesgos alegados, indicó.
El tribunal aclaró que el ente fiscalizador podría haber adoptado otras medidas de seguridad o control contenidas en su normativa orgánica.
Tras conocer la decisión del tribunal la SMA declaró que enviaría los antecendentes de la investigación a su Unidad de Procesos Sancionatorios, con el objeto de definir su america una formulación de cargos.