Esta mañana la Presidenta Michelle Bachelet anunció el envío al Congreso de un proyecto que despenaliza el aborto en tres causales: riesgo de vida de la madre, inviabilidad fetal y violación.

Además, estipula que las menores de 14 años deberán contar con un representante legal y fija las obligaciones que tendrán los prestadores de salud ante tales casos.

"Con este proyecto las mujeres podrán decidir informadamente si interrumpen o no el embarazo frente a tres situaciones extremas y cuando está en juego la vida de la madre, del feto o en caso de violación", señaló la jefa de Estado en su discurso.

Estos son los principales puntos del proyecto:

"RIESGO VITAL PRESENTE O FUTURO"

Una de las causales que permitirán la interrupción del embarazo será el riesgo de vida de la madre. "En la actualidad los equipos médicos deben enfrentar la aguda contradicción que implica  no poder salvar la vida de una mujer porque la interrupción de su embarazo está sancionado penalmente", señaló Bachelet.

INVIABILIDAD FETAL

"Forzar a una mujer a llevar a término tal embarazo o más bien obligarla a que espere la muerte del feto significa prolongar su sufrimiento", espresó la Presidenta.

Además, detalló que la inviabilidad fetal deberá ser diagnosticada por un equipo médico competente.

VIOLACIÓN

La tercera causal de aborto terapéutico es la violación. "No podemos exigirle la continuación del embarazo si ella no quiere mantenerlo debido a su origen. No reconocer la posibilidad de que ella decida en un espacio de discernimiento adecuado y antes de 12 semanas de gestación si desea o no continuar con el embarazo, perpetúa la negación de su voluntad y el dolor que se inició con la violación", dijo Bachelet.

LIMITE DE SEMANAS PARA INTERRUMPIR EL EMBARAZO

Según estipuló la Mandataria, el límite general de tiempo para interrumpir el embarazo es de 12 semanas.

Sin embargo, para menores de 14 años este límite se amplía a 18 semanas "pues debemos considerar que las niñas y adolescentes muchas veces desconocen su estado".

MENORES DE 14 AÑOS

Las menores de 14 años deberán actuar con autorización de su representante legal. "No obstante es importante darle un legítimo espacio de discernimiento y opinión a la menor.

"Por ello en caso de diferencias con sus representantes se establece la posibilidad de la menor de acceder al juez de Familia para obtener su pronunciamiento".

Por otro lado, el proyecto propone que ante un caso de violación, los médicos podrán prescindir de la autorización del representante legal.

"El drama de la violencia sexual que afecta a las niñas y adolescentes suele ejercerse dentro de su propio círculo familiar".

Por ello el proyecto "autoriza al personal médico a prescindir de la autorización  de representante legal si existen antecedentes que de solicitarla se expondrá a la menor a riesgos de violencia intrafamiliar o de abandono. En tal caso, el profesional médico deberá solicitar al tribunal de Familia competente la autorización respectiva".

APOYO DE PRESTADORES DE SALUD

"Cualquier sea la causal la obligación del prestador de Salud de entregar consejería. En ella se entregará de manera oportuna y clara toda la información que se necesita para tomar una decisión", aseveró la Presidenta.

Asimismo, detalló que en casos de violación o inviabilidad fetal, el prestador deberá entregar por escrito todos los antecedentes.

REQUISITOS PARA REALIZAR UN ABORTO TERAPÉUTICO

Para poder interrumpir el embarazo, la mujer requerirá el diagnóstico de un médico cirujano ratificado por otro profesional. 

Sin embargo, "se reconocen excepciones en el caso en el que se requiera una intervención inmediata, por ejemplo cuando el riesgo para vida o salud de la mujer sea inminente", estipuló la Mandataria.

OBJECIÓN DE CONCIENCIA DE LOS MÉDICOS

"Se le reconoce a los médicos cirujanos la posibilidad de expresar su objeción de conciencia. Pero se hace también explícito el deber ético del médico afectado por esta situación de informar de forma oportuna cuando una paciente se encuentra en una de estas causales.

En este caso, el prestador está obligado de derivar a la mujer a un profesional que no tenga la objeción de conciencia.

CONFIDENCIALIDAD

Por último, el proyecto estipula una "modificación legal que privilegia el deber de confidencialidad por sobre el deber de denuncia ante el interrupción del embarazo. Se trata de prevenir que la mujer se inhiba de entregar información a los médicos o solicitar asistencia por temor a una sanción".