Tras casi nueve meses de tramitación en ambas Cámaras del Congreso, ayer la Sala del Senado aprobó en general el proyecto que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.
De esta manera, los parlamentarios aprobaron la iniciativa que busca crear una institución que reemplace al actual Sernam y que tenga más atribuciones económicas y capacidades a nivel nacional y regional.
"No podemos dejar de lado la realidad de las mujeres si queremos construir un país más democrático, integrado y equitativo", destacó ayer la ministra del Sernam, Claudia Pascual.
Si bien la iniciativa puede enfrentar cambios durante su tramitación en particular, acá te contamos los principales cambios que tendrá el nuevo ministerio respecto de su antecesor, el Sernam.
(El 27 de marzo pasado, la Presidenta Michelle Bachelet firmó el proyecto de ley que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, como parte de las 56 medidas para los primeros 100 días de gobierno)
PRINCIPALES ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO
PROPONER PLANES Y PROGRAMAS
La primera atribución que tendrá el nuevo ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, será la de proponer políticas, normas, planes y programas orientados a la equidad de género, a la igualdad de derechos y a procurar eliminar toda forma de discriminación contra las mujeres, coordinarlos y velar por su implementación, a fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos y evaluar su aplicación transversal en la actuación del Estado.
Además, le corresponderá la formulación, coordinación y evaluación de un Plan Nacional de Igualdad.
INICIATIVAS LEGALES Y ADMINISTRATIVAS
La nueva Secretaría deberá proponer también iniciativas legales, reglamentarias y administrativas en las materias de su competencia y evaluar su aplicación.
En este punto, el Ejecutivo presentó una indicación en la Sala que dispone que "a su vez, reconociendo la
diversidad de las mujeres y sus diferentes opciones de vida, el Ministerio
promoverá la protección de aquellas que desarrollen su proyecto de maternidad".
VIOLENCIA Y FAMILIA
Será deber del ministerio desarrollar políticas, planes y programas destinados a atender, prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres, generando los espacios de coordinación entre los organismos de la Administración del Estado a nivel nacional, regional y local.
Además, deberá promover la igualdad de derechos y obligaciones entre los hombres y las mujeres en las relaciones familiares, así como el reconocimiento de la responsabilidad común en cuanto a la educación, el cuidado y el desarrollo de los hijos e hijas.
ORGANISMOS INTERNACIONALES
El organismo deberá velar por el cumplimiento de los tratados internacionales sobre derechos humanos de las mujeres y la equidad de género, ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, especialmente aquellos que guarden relación con la eliminación de todas las formas de discriminación y de violencia contra las mujeres.
Asimismo, deberá mantener vínculos de cooperación con organismos internacionales dedicados a los derechos humanos de las mujeres y la equidad de género, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio de Relaciones Exteriores.
ORGANIZACIÓN
El ministerio de la Mujer tendrá una ministra o ministro, una subsecretaria o subsecretario y Secretarías Regionales Ministeriales, quienes asesorarán al Intendente y velarán por la coordinación de los programas que se desarrollen a nivel regional y local.
El proyecto también contempla la creación del Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y la Equidad de Género, integrado por los ministros de la Mujer y Equidad de Género -que lo presidirá-, del Interior y Seguridad Pública, de Defensa Nacional, de Hacienda, Secretario General de la Presidencia, de Economía, de Desarrollo Social, de Educación, de Justicia, del Trabajo, de Salud, de Agricultura, de Vivienda y del Consejo de la Cultura.
Además, el ministerio tendrá un
Consejo Asesor integrado por 10 especialistas
"de reconocida experiencia" que serán designados por el ministro o ministra de la Mujer y la Equidad de Género.
Asimismo, los miembros del Consejo durarán hasta cuatro años en sus cargos mientras cuenten con la confianza del secretario de Estado.
NUEVO ROL DEL SERNAM
El documento del Ejecutivo señala que "a contar de la fecha en que entre en funciones el ministerio, el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam) se denominará "Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género".
Este organismo contará con un director o directora, y se desvinculará de la formulación y evaluación de las políticas relativas a la mujer. De este modo, sólo estará encargado de implementar y ejecutar los "planes y programas con pertinencia cultural, orientados a la equidad de género".
Además, una de sus principales funciones será la de administrar el fondo para al equidad de género y coordinar los distintos servicios y organismos públicos relacionados a la materia.
FONDO PARA LA EQUIDAD DE GÉNERO
La iniciativa también crea el Fondo para la Equidad de Género, administrado por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, "con el objeto de contribuir al financiamiento de proyectos nacionales, regionales o locales, de programas y actividades de educación y difusión, destinados a fortalecer la participación, asociatividad y liderazgo de las mujeres, en el marco de la equidad de género y los derechos humanos de las mismas".
Los recursos del Fondo se consultarán anualmente en la Ley de Presupuestos del Sector Público, y tanto el ministerio de la Mujer como el ministro de Hacienda podrán establecer las normas de administración y operación del fondo.
RECURSOS PARA EL MINISTERIO
Además, según consta en el informe que viene desde la Cámara de Diputados, el mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta Ley, durante el primer año de su entrada en vigencia, considerando su efecto año completo, tiene un costo total aproximado de $ 5.500 millones, y se financiará con cargo a los recursos que se le transfieran al Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género desde el Servicio Nacional de la Mujer y en lo que faltare, con recursos provenientes de la Partida Tesoro Público.
Respecto del mayor gasto que se derive de la aplicación de las nuevas plantas de Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, dotación de personal que se fije y del encasillamiento que se practique, incluido en el monto anterior y considerando su efecto año completo, no podrá exceder la cantidad de $ 4.020 millones.