"Pondremos freno al mal uso de las compras con factura que realizan las empresas en supermercados y comercios similares", anunció anoche la Presidenta Michelle Bachelet en parte de su mensaje al país. La medida forma parte del programa para aumentar la fiscalización de las herramientas que permiten a los contribuyentes reducir el pago de impuestos. El plan del gobierno para disminuir la evasión y la elusión apunta a recaudar, según palabras del secretario de Estado, "no menos que US$ 1.450 millones".

La elusión se define como el uso de instrumentos o vacíos legales para disminuir los gravámenes a pagar al Fisco; la evasión, en cambio, se refiere a utilizar medios delictivos para alcanzar ese objetivo.

En el primer caso, al tratarse de prácticas que se realizan dentro del marco legal, no existe estimación sobre el monto que deja de percibir el Estado cada año por este concepto. Respecto de la evasión, las cifras del SII señalan que ésta habría alcanzado cerca de un 26% de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) el último año. Este dato se obtiene comparando las cifras efectivas de ingresos por IVA con los indicadores de actividad económica de las Cuentas Nacionales del Banco Central.

Gastos rechazados
En el caso del uso de facturas en compras en supermercados, una minuta distribuida por el gobierno ayer entre los parlamentarios precisa que para limitar estas prácticas, "se incluirán estos gastos dentro de los gastos rechazados", aunque agrega que se podrán deducir las compras cuando sean autorizadas por el SII si no son excesivos y se relacionan con el giro de la empresa.

Cuando el SII determina que se trata de "gastos rechazados", estos se afectan con una tasa de 35% -cuando no es posible determinar si benefició a un socio o propietario de la empresa- o a un 10% adicional sobre el global complementario, en caso de que aquello sí sea posible. En 2012, el SII declaró como gastos rechazados cerca de US$ 1.900 millones.

Luego, Arenas apuntó al sistema de tributación sobre renta presunta, vigente desde mediados de 1970. Este permite que ciertas actividades -como la pequeña agricultura, mediana minería y el transporte de pasajeros y carga- paguen impuestos en función de lo que la ley determina para dicha actividad y no sobre sus utilidades reales, con el objetivo de reducir sus costos y facilitar su cumplimiento tributario.

El jefe de las finanzas públicas aseguró, respecto de este régimen, que "uno se da cuenta que está desfocalizado". Aseguró que el gobierno protegerá a las microempresas, pero que "la puerta se va a cerrar definitivamente para todas aquellas empresas que no deberían estar en él".

Entre 2000 y 2013, los ingresos declarados y acogidos a tributación sobre renta presunta registraron un aumento de 210%, sumando $ 49.500 millones (unos US$ 90 millones).

Norma antielusión
El ministro de Hacienda sostuvo que la reforma tributaria considerará "una rigurosa normativa en el Servicio de Impuestos Internos (SII), para que básicamente estas prácticas terminen".

Con ello reafirmó la decisión de incluir en el Código Tributario una norma general antielusión, que permitiría al SII fiscalizar y sancionar a los contribuyentes que incurran en prácticas elusivas sólo con fines tributarios y no en razón de la naturaleza de su actividad económica. Ello permitiría también sancionar a los asesores tributarios que colaboren en estas actividades.

Expertos tributarios y representantes de gremios del sector privado han expresado inquietud ante el impacto que esta norma podría acarrear. Advierten el riesgo que implicaría dejar a criterio del SII la determinación de si un cambio interno en la empresa apunta a eludir impuestos o no.

Desde el SII han defendido la normativa, señalando que está en línea con los estándares de fiscalización utilizados en los países desarrollados y la Ocde.