El ministro del Trabajo y Previsión Social, Juan Carlos Jobet, en compañía de la directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, dieron inicio el programa de fiscalización agrícola a favor de los trabajadores temporeros, con especial énfasis en materias de seguridad y salud laboral.
Según explicaron las autoridades, el programa durará hasta mayo de 2014, abarcando a 10 regiones - Atacama, Coquimbo, Valparaíso, O'Higgins, Maule, Biobío, Araucanía, Los Lagos, Los Ríos, región metropolitana y comprenderá 1.768 fiscalizaciones.
"Estamos iniciando un plan de fiscalización para los trabajadoras y trabajadores temporeras, el cual contempla 10 regiones del país. Queremos que todos los agricultores cumplan con las normas laborales para proteger a sus trabajadores y vamos a fiscalizar con mucha fuerza, pero no queremos pasar multas, sino más bien trabajadores seguros y protegidos", expuso Jobet.
El ministro y la directora del Trabajo llegaron hasta un predio agrícola en Colina, donde fiscalizaron la labor de una cuadrilla de trabajadores y constataron las medidas de seguridad que deben tener para evitar accidentes y la protección contra rayos UV, en vistas del aumento en los últimos años en la región Metropolitana.
Las inspecciones abarcan a las empresas únicas, principales y contratistas. A todas ellas se les fiscalizará los contratos de trabajo, registros de control de asistencia, remuneraciones, registros de contratistas agrícolas, trabajo de menores, protección a la maternidad y todas las materias de higiene y seguridad.
Las multas respecto del trabajo agrícola de temporada son, en general, gravísimas, y los montos fluctúan entre las 5 ($202.640 y las 60 UTM ($2.431.680).
Ante ello, Sánchez dijo que "nosotros hemos calificado todas estas multas como gravísimas, por lo tanto, el rango del monto es más alto según sea la infracción laboral. Estas pueden llegar hasta 15 UTM, sino tienen contrato de trabajo, y si es una empresa de más de 200 o más trabajadores. En materia de higiene y seguridad, pueden llegar hasta 60 UTM".
Con respecto al trabajo de menores, se diferenciará entre el trabajo ilegal (menores de 15 años), del informal (mayores de 15 y menores de 18 años que no cuenten con su contrato y/o las autorizaciones correspondientes).
En la protección a la maternidad se verifica que las trabajadoras embarazadas no realicen trabajos peligrosos o perjudiciales para su salud, que se les dé sala cuna y que las trabajadoras con hijos menores de 2 años dispongan de tiempo para alimentarlos.
Las autoridades explicaron que se realizarán fiscalizaciones asistidas. Este criterio inspectivo da plazos de corrección de la falta que, de ser cumplidos positivamente, eliminan la multa.