Normativa establece que buses interurbanos y rurales deberán contar con lista de pasajeros
La medida también prohíbe que los usuarios viajen de pie en todos aquellos trayectos de más de 50 kiómetros.
El ministro de Transportes, Pedro Pablo Errázuriz, firmó el decreto que prohíbe que las personas viajen de pie en buses interurbanos y rurales y establece la obligatoriedad de la lista de pasajeros en todos aquellos trayectos de más de 50 kilómetros.
"Nuestra prioridad, como Gobierno, es terminar con esta epidemia silenciosa que representan los accidentes de tránsito, que al año significa la pérdida de 1.600 vidas", dijo el titular de la cartera.
Hasta hoy las listas eran obligatorias sólo en aquellos viajes de más de 5 horas, pero con esta nueva normativa la exigencia regirá para todos los viajes, interurbanos y rurales, de más de 50 kilómetros de distancia. Mientras, la prohibición de que las personas viajen de pie será obligatoria para todos los viajes rurales, como aquellos desde Melipilla, Colina, El Monte, Talagante o Malloco a Santiago.
En viajes rurales "es frecuente ver a personas de pie en viajes rurales, poniendo en riesgo su seguridad, pero con esta normativa estas imágenes serán parte del pasado, pues ya no podrá haber pasajeros de pie en ningún tipo de viaje. Ni rural ni interurbano", manifestó Errázuriz.
Según el secretario de Estas, estas medidas deberían estar plenamente operativas en 60 días, una vez que el decreto firmado hoy haya pasado todas las etapas de tramitación.
La autoridad recordó que estas exigencias se suman a otras medidas que el gobierno ha tomado en los últimos meses, con el objeto de cumplir con la meta de reducir en un 20% las víctimas fatales por accidentes de tránsito de aquí al 2014, como el uso obligatorio de los cinturones de seguridad para los pasajeros, el certificado de Conductor Seguro para los transportistas escolares y el Portal de Control Ciudadano del Ministerio de Transportes.
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