Prácticamente la totalidad de los internos que cumplen condenas en recintos penales de la Región Metropolitana, fueron calificados positivamente para recibir el beneficio de reducción de condena, a la que accedió el empresario Claudio Spiniak.

De un total de 5.050 condenados, 4.440 fue considerado apto para rebajar su pena, considerando su buena conducta.

El acta final de la "Comisión de Beneficio de Reducción de Condena" de la Corte de Apelaciones de Santiago, explica que la Ley 19.856, vigente desde 2003, avala un sistema de reinserción social de los condenados basado en su buena conducta y dispuso rebajas de dos meses por cada año de cumplimiento y de tres meses a partir de la mitad de las mismas si han sido evaluados positivamente por la comisión.

Según el documento, en su evaluación, los miembros de la comisión deben considerar el estudio, trabajo, rehabilitación y conducta de cada uno de los reclusos, excluyéndose del beneficio a quienes se fuguen o quebranten condena, hubiesen burlado el régimen de libertad condicional, cometan delito mientras cumplen condenas, estén condenados a presidio perpetuo simple o calificados, tengan considerada la agravante de reincidencia, entre otros.

"Las bondades o beneficios de esta ley, también se extienden para aquellas personas condenadas por sentencia de término, a penas privativas de libertad, para las cuales se dispuso en su oportunidad que dicho cumplimiento lo fuera en las modalidades de libertad condicional o de reclusión nocturna", dice el documento.

ORGANO CALIFICADOR

De acuerdo al informe,  el órgano que evalúa la posible reducción de condenas, corresponde a una comisión para cada territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones, que en el caso de Santiago se integra por un Ministro y siete jueces "con competencia en lo criminal", elegidos por el Tribunal Pleno.

Además el ministro de Justicia debe designar a dos peritos, un psicólogo, un asistente social, y dos abogados

EVALUACION DE RECINTOS PENALES 

La comisión analizó las condiciones de cada uno de los penales evaluados, tal como publica el Poder Judicial.

En el caso del Centro de Detención Preventiva Sur, conocido como ex Penitenciaría, que "se evidenció un mejoramiento en las condiciones de sobrepoblación".

Además, se determinó en este centro que "el sector del óvalo del mismo Centro Penal, se encuentra actualmente intervenido, de forma tal, que en él y respecto de la convivencia de la población se observa está más pacífica y ordenada".

En tanto, en Colina I y II se destacó la presencia de talleres de trabajo y capacitación "que significan el empleo del tiempo libre y la posibilidad de obtener algún ingreso para el condenado y sus grupo familiar, las situaciones de rebeldía y conflicto se hacen menos frecuentes, posibilitando una convivencia fluida y normal con los custodios y el resto de la población penal".

Respecto de Punta Peuco el informe determinó que existe un "nivel adecuado de condiciones internas".

En cuanto a la Unidad Especial de Alta y Máxima Seguridad se detectó que "aplica criterios diversos de los de otras unidades de la jurisdicción, en el sentido de que no se ven reflejadas en las calificaciones bimestrales realizadas por dicho órgano, las sanciones aplicadas por dicho órgano".