La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones ordenó que el sociólogo Hans Niemeyer Salinas, de 38 años, vuelva a cumplir con la medida cautelar de prisión preventiva, por la instalación de un artefacto explosivo en la sucursal del banco BCI, en noviembre del año pasado en Macul.
De esta forma los ministros Patricio Villarroel, Mauricio Silva y Manuel Valderrama sostienen que no han variado en nada los antecedentes aportados en la formalización de cargos que puedan desvirtuar que Niemeyer no constituye un peligro para seguridad de la sociedad, siendo esta la tercera vez que deberá ingresar al Penal Santiago Uno.
La semana pasada el Décimo Tercer Juzgado de Garantía de Santiago le había cambiado la medida cautelar a un arresto domiciliario nocturno, pero ante la apelación de la Fiscalía Metropolitana Sur, el tribunal de alzada capitalino revocó la decisión.
Niemeyer Salinas está imputado de la colocación de un artefacto explosivo con fines terroristas, tras ser sorprendido por Carabineros cuando huía del lugar tras asegurarse que había estallado el cilindro con pólvora negra que dejó en la sucursal del banco BCI.
El abogado de la Fiscalía, Miguel Concha valoró la decisión y señaló que "el Ministerio Público tiene la convicción que estamos en presencia de un delito regulado por la Ley Antiterrorista y en ese sentido es porque dedujo los medios de impugnación para revertir la resolución que le había otorgado la libertad a Hans Niemeyer".
Concha agregó que "entendemos que simplemente la Corte confirmó el criterio que tiene el Ministerio Público, que es que la colocación de bombas es un acto terrorista y donde se ha realizado una investigación objetivo y entendemos que los jueces han respaldado la calificación del hecho por el cual se está imputando a Niemeyer".
Por su parte, el defensor de Niemeyer, el abogado Rodrigo Román señaló que "esperamos con tranquilidad demostrar en el juicio oral, en primer lugar, que no estamos en presencia de un delito terrorista, luego que no hay participación por parte de mi representado y finalmente, lo que resulta más triste, en esta etapa digamos, es que se abuse del régimen cautelar de prisión preventiva, porque particularmente en este caso no existe ningún fundamento. Mi representado cumplió fielmente el régimen cautelar al cual había sido sometido, es decir el arresto domiciliario nocturno, razón por la cual, aparece desproporcionada la prisión preventiva" puntualizó el defensor.