Un proyecto de ley que establece sancionar a los padres si sus hijos menores de 12 años circulan solos por las calles (de 23:00 a 6:00) anunció el jefe de la Bancada de Diputados PRI-Independientes, Carlos Olivares.
Junto a los abogados, Jorge Ibarra y Roberto Avila, el parlamentario explicó que la iniciativa establece que "se prohíbe a los niños y niñas menores de 12 años transitar por calles pública, pasajes, callejones, puentes, caminos rurales, plazas, derecho de paso de vía o otro lugar entre las 23:00 y las 06:00, salvo que se encuentre en compañía de su padre, madre, tutor, curador o representante legal, o que por una emergencia médica u otro motivo razonable, su presencia sea necesaria".
Sostuvo que "el niño podrá ser retenido, por la autoridad competente, sólo para efectos de controlar su identidad, y ponerlo a disposición de quienes están a su cuidado".
"Individualizado su padre será citado para que comparezca ante el Juzgado de Policía local de la comuna donde tenga su domicilio y podrá ser sancionado por el juez si este conforme a las reglas de la sana critica estima que ha ejercido negligentemente su deber de crianza y cuidado, obligándolo a prestar servicios o trabajos sociales en su respectiva comuna", agregó.
Parte del proyecto señala "en caso de reiteración de esta conducta en el mismo mes calendario, será sancionado con multa de 1 a 10 UTM, a beneficio fiscal".
También expresa que "la Convención Internacional de Derechos del Niño de Naciones Unidas, de 1989, obligatoria para el Estado de Chile, tiene como uno de sus principios vertebrales el concepto de interés superior del niño, el cual es definido como aquel estándar jurídico en virtud del cual los derechos del niño se ven satisfechos de manera integral".
Olivares indicó que esta medida no es desconocida en el Derecho Comparado: En los Estados Unidos, los niños solo pueden estar en las calles hasta una hora determinada de la noche y no pueden regresar a ellas hasta las 6 de la mañana del día siguiente.