La Presidenta Michelle Bachelet firmó este lunes el proyecto de ley que fortalece el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y las asociaciones de consumidores.

La iniciativa propone un cambio en el rol que le corresponde al Sernac, otorgándole facultades para fiscalizar, sancionar, interpretar la ley y dictar normas de carácter general.

De este modo el proyecto establece que las denuncias de los consumidores sean presentadas ante el Sernac y sólo pasen a la justicia cuando estás impliquen el pago de indemnizaciones, con el objeto de agilizar los procesos.

De acuerdo a los últimos datos del Sernac un 3,68% del total de los reclamos que ingresan al organismo terminan en los Juzgados de Policía Local, pidiéndose que se condene al proveedor al pago de una multa y a la indemnización de los perjuicios causados al consumidor. Asimismo, un 8,77% del potencial de casos de interés individual insatisfechos a raíz de la mediación del Sernac, son los que llegan al Juzgado de Policía Local por vía de denuncia y/o demanda.

Además de la mayores facultades que se otorgarán al Sernac se triplicará la multa máximo desde la actuales 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTM), equivalente a unos $42 millones, para los casos de publicidad engañosa que terminen por afectar la salud o seguridad del consumidor, o el medio ambiente.

El proyecto también elimina las restricciones que impiden una reparación íntegra de los daños causados al interés colectivo de los consumidores permitiendo, por ejemplo, las indemnizaciones por daño moral.

"Sin duda que estas son buenas noticias para los consumidores, pero más allá de lo que puede y debe hacer el Estado la promoción y defensa de los derechos de los consumidores son más efectivas cuando las propias personas organizadas hacen oir su voz, por eso debemos hacernos cargo también de la necesidad de apoyar la organización de la sociedad civil", señaló la Presidenta.

Por ello, agregó, la iniciativa potencia el rol de las asociaciones de consumidores aumentando los recursos del fondo concursable para la representación de los intereses de los consumidores.

Además la iniciativa propone derogar la prohibición a las Asociaciones de Consumidores de desarrollar actividades lucrativas, las cuales a esta fecha sólo pueden limitarse al financiamiento o recuperación de costos en el desarrollo y cumplimiento de actividades que les son propias.

Con el objeto de corregir el efecto adverso a la protección de los derechos de los consumidores que produce el acotado plazo de 6 meses de prescripción de las acciones que persiguen la responsabilidad contravencional contemplado en el artículo 26 de la Ley, se propone aumentarlo a 2 años.

Asimismo, se contempla aclarar el momento desde el cual se comienza a contar el plazo de prescripción extintiva de las acciones, estableciéndose que el plazo de 2 años se computará desde que la infracción "haya cesado" y no desde que "se haya incurrido en la infracción respectiva" como lo establece la ley vigente.