El lunes 13 de abril a las 9.45 horas se promulgará la ley de Unión Civil. Ese fue el mensaje que le transmitió hoy el gobierno al Movilh y a la Fundación Iguales.

"Estamos a pasos de un día histórico para la diversidad familiar, un día  por el cual hemos luchado 23 años. Estamos realmente emocionados, pues desde octubre  próximo las parejas podrán contraer legalmente un vínculo, que hace años era un sueño, hasta un tabú", destacó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

La promulgación del proyecto ocurrirá luego que el lunes el Tribunal Constitucional concluyera el proceso de revisión del texto legal despachado por el Congreso el pasado 28 de enero.

El proyecto -que corresponde a una histórica demanda de los movimientos de la diversidad sexual- se aprobó en el Congreso luego de cuatro años de tramitación de este proyecto en particular y de 11 años de que ingresara la primera moción que apuntaba a regular las uniones de hecho de parejas tanto hétero como homosexuales. 

ALGUNAS PREGUNTAS CLAVE PARA ENTENDER LA NUEVA LEY

¿Qué es una Unión Civil?: Es un contrato celebrado entre dos personas ya sea de igual o distinto sexo "con el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común, de carácter estable y permanente". Los contrayentes de este acuerdo se denominará convivientes civiles, lo que les implicará derechos y deberes.

Según estimaciones del gobierno, más de 2 millones de personas que conviven podrán suscribir este pacto.

¿Cuáles son los requisitos?: Ambos integrantes de la pareja deben ser mayores de edad, otorgar su consentimiento voluntario y contar con la administración libre de sus bienes.

No podrán suscribir una Unión Civil quienes no manifiesten su consentimiento espontáneo, quienes estén casados o con un Acuerdo de Unión Civil vigente y quienes tengan lazos de consanguinidad hasta segundo grado.

¿Dónde y cómo se suscribe?: A diferencia del proyecto original -donde el pacto se suscribía en una notaría- el texto aprobado hoy señala que las uniones se celebrarán en el registro civil. Si la pareja lo desea, podrá solicitar que el oficial del registro acuda a un lugar distinto, aunque asumiendo un mayor costo (al igual que como ocurre con el matrimonio civil).

Los interesados realizarán una declaración una declaración bajo juramento de que no están imposibilitados de realizar el pacto. La ceremonia quedará consignada en un acta, la que tendrá su firma y la de los contrayentes. Este documento quedará en un registro especial del Registro Civil e Indentificación. En caso de que el juez detecte algún impedimento legal, se podrá negar a celebrar la unión.

¿Cuándo se podrán formalizar las primeras uniones?: Luego de seis meses desde la promulgación, es decir desde el 13 de octubre.

El plazo de seis meses está destinado a la redacción del reglamento del acuerdo, la puesta en marcha del nuevo software que registrará las uniones y la capacitación para funcionarios del registro civil.