El Presidente Sebastián Piñera junto al ministro de Salud Jaime Mañalich, promulgaron desde las dependencias del Instituto de Salud Pública (ISP), la nueva Ley Nacional de Medicamentos, la que ingresó al Congreso en mayo de 2009 y modifica el Código Sanitario, en materia de farmacias y medicamentos.

La iniciativa legal, contiene entre sus fundamentos, la obligación de los médicos y otros profesionales como dentistas y matronas que prescriben medicamentos, a colocar en la receta, el nombre comercial del fármaco y la denominación genérica.

Por otro lado, todos los remedios deberán tener escrito el precio en su caja o envase y se obliga a las farmacias a tener disponibles los medicamentos bioequivalentes aprobados por el ISP.

Además, la ley permite la venta de remedios que no requieren receta médica en las góndolas de las farmacias, como: analgésicos, antigripales,  antiinflamatorios, jarabes para la tos, descongestionantes y vitaminas, entre otros; y se autoriza la venta por unidades.

En aquellos lugares donde no existan farmacias establecidas, se autoriza la venta de remedios a través de farmacias móviles o almacenes farmacéuticos. Y en caso que estos servicios no estén instalados, se autoriza a los consultorios y hospitales de esa localidad a suministrar al público estos productos.

CRONOLOGÍA DE LA NUEVA LEY
Popularmente conocido como "Ley de Fármacos", el proyecto se convirtió en una polémica altamente controversial, principalmente cuando intervino la Comisión de Hacienda, incluyendo en la iniciativa la idea de que se vendan fármacos sin receta médica en góndolas de las farmacias y locales comerciales de otro giro.

La petición de Economía, generó las críticas inmediatas desde el Colegio Médico y la industria farmacéutica, quienes aluden a que entregar remedios en recintos donde no se cuente con orientadores de la salud para atender las necesidades de los pacientes, puede ponerlos "en peligro".