La entrega de balances auditados es una de las exigencias que establece el proyecto de ley que busca terminar con el lucro, el financiamiento compartido y la selección en colegios que reciben fondos del Estado. El aumento de las fiscalizaciones y los controles de carácter financiero han sido criticados por los sostenedores, quienes estiman que los altos costos de la contratación de contabilidad especializada puede mermar la inversión de recursos en calidad.
El secretario general de la Corporación Nacional de Colegios Particulares y Subvencionados (Conacep), Rodrigo Ketterer afirmó que "¿Cuánto le resta a la calidad costear gastos en auditar balances, o realizar informes contables o pagar altas multas? Nos preguntamos si vamos a tener un fondo especial para esto".
El cambio central del proyecto para los establecimientos que reciban recursos estatales apunta a que pasarán de controlar los recursos que les entrega el Estado mediante la subvención regular a tener "sólo la calidad de administrador".
Esto implica que se establece una serie de exigencias. "Los sostenedores serán meros administradores de recursos públicos, por lo tanto, al control que ejercen la comunidad escolar, el consejo escolar, los auditores, los fiscalizadores de la Superintendencia de Educación, ahora se le sumaría la Contraloría General de la República. ¿Les parece razonable?", sostuvo Ketterer.
En tanto que el presidente de Conacep, Hernán Herrera, planteó que "nos preocupa que la Presidenta dijera que quiere mejorar la calidad de la educación en Chile y ninguna de las tres medidas (fin al copago, al lucro y a la selección) apunta a eso".
Sobre qué se necesita para mejorar el proyecto que conocieron el lunes, Herrera dijo que "le falta todo, porque de ninguna de las tres medidas tú extraes qué se entiende por educar a un niño con estándares mínimos de calidad".
El financiamiento recibido deberá ser destinado exclusivamente a 'fines educativos' y se establece claramente qué se entiende por este concepto. Y el control estará a cargo de la Superintendencia de Educación que deberá comprobar que los fondos asignados sean usados en los ítems exigidos.
FINES EDUCATIVOS
Los recursos que entregue el Estado a los sostenedores -quienes solo deberán administrar estos dineros- podrán destinarse solamente a los actos y contratos que vayan exclusivamente a la gestión educacional, por ejemplo, a cumplir con el pago de remuneraciones; gastos en las dependencias; adquisición de servicios, materiales e insumos; mejora en la calidad del servicio educativo, etc.
Además, la superintendencia deberá recibir obligatoriamente por parte de los sostenedores el detalle del uso del financiamiento fiscal para los gastos señalados anteriormente. Y también podrá solicitar al Servicio de Impuestos Internos que revise mediante tasaciones si los valores informados por los sostenedores corresponden.
Otro de los puntos en que se modifica el sistema tiene que ver con las prohibiciones a la participación de personas relacionadas, como familiares y socios comerciales, en el servicio educativo.