La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado en contra de la comunidad del edificio ubicado en calle Ricardo Lyon 3.301, cuyo reglamento prohíbe el acceso a la piscina del complejo al personal de servicio y sus familiares.
En fallo dividido, la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera, María Rosa Kittsteiner y Pedro Advis– descartó la acción cautelar por extemporánea.
"Que, de la lectura del recurso y del informe evacuado por la recurrida, es posible arribar a la conclusión de que las medidas que el recurrente individualiza para tutelar el derecho presuntamente afectado se han visto cumplidas por la Comunidad de manera íntegra y por ello, en la actualidad, no existen medidas que esta Corte pueda adoptar, considerándose así que el recurso en estudio ha perdido oportunidad y por ello no podrá prosperar", precisa el fallo.
Esto luego de que en el mes de diciembre, la propietaria María Gabriela Rubio, denunciara que se le prohibió que la hija de su asesora del hogar, hiciera uso de la piscina.