Se acerca el período de vacaciones y muchas familias deciden pasar su descanso en el extranjero, por eso hay que poner atención a los documentos que se requieren para que menores de edad puedan salir del país sin problemas.
De acuerdo a las recomendaciones que entrega la Corporación de Asistencia Judicial, todos los menores de 18 años necesitan una autorización para viajar al exterior si viajan solos o con uno de los padres. En caso de viajar con los dos, se debe presentar la libreta de familia o el certificado de nacimiento en Policía Internacional además del pasaporte con la visa correspondiente si es requerida, o la cédula de identidad, en caso de ir a un país que no exige pasaporte.
En tanto, la institución agrega que si se viaja con uno de los padres, se debe contar con una autorización notarial del padre que se queda en el país. Para realizar este trámite se necesita la cédula de identidad del padre que autoriza, el certificado de nacimiento del menor, o la libreta de familia, además de la cédula de identidad del niño o niña y una carta que autorice el viaje. Si uno de los padres falleció, se debe presentar el certificado de defunción además de la libreta de familia.
En caso de que no se pueda ubicar a uno de los padres, se debe recurrir al juzgado de familia correspondiente al domicilio del menor que evaluará la solicitud. Este trámite debe hacerse con anticipación. Allí se deben presentar además del certificado de nacimiento del menor y el de ambos padres, el certificado de matrimonio si corresponde y antecedentes que fundamenten la solicitud, agregando las fechas de salida y regreso. En tanto, si uno de los padres niega el permiso sin justificación, se puede realizar esta misma solicitud al juzgado de familia.
Finalmente, desde la Corporación de Asistencia Judicial puntualizan que para evitar que el menor se quede fuera del país fuera del tiempo autorizado, o que sea retenido ilegalmente fuera del país sin el consentimiento de uno de los padres, los notarios agregan al documento la frase "la presente autorización no habilita para el cambio de residencia definitiva del niño".