El 14 de abril de se cumple el plazo para la reafiliación de militantes de las colectividades -cifrada en cerca de 17.500 por cada partido- para mantener su condición legal y acceder a financiamiento público.
Sin embargo, esa fecha también condicionaría el escenario presidencial, ya que el Partido Radical -que proclamó como candidato al senador independiente Alejandro Guillier- y el PPD -que ungió como abanderado a Ricardo Lagos- han tenido un lento proceso de refichaje, según lo informado por los propios partidos (ver nota principal).
Así, ante el posible escenario de que el PR y el PPD no alcancen la meta de reinscritos, se abre un proceso de disolución de ambos partidos, dificultando -o inviabilizando- las carreras presidenciales de Guillier y Lagos.
De no lograr el refichaje a nivel nacional, en el Servel plantean una alternativa para el PPD y el PR, contenida en el artículo 14 de la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios. "Aquellos partidos que no estén constituidos en todas las regiones, podrán efectuar estas declaraciones acreditando una cantidad total de afiliados en las regiones en que se encuentran legalmente constituidos, no inferior al 0,5 por ciento", dice la normativa, umbral que deberá acreditarse en tres regiones continuas u ocho discontinuas. El porcentaje es respecto de la cantidad de votantes en la última elección de diputados.
Si el PR no logra esta alternativa, la candidatura de Guillier tiene otra opción: que el senador junte firmas para inscribirse, como independiente, en la primaria legal del 2 de julio. Para eso requiere 35 mil firmas.
En tanto, si el PPD no puede reficharse y queda disuelto, la candidatura de Lagos se torna inviable, aseguran en el Servel. En el organismo dicen que al disolverse el PPD, los militantes de ese partido -como es el caso de Lagos- pasan a ser independientes. Y el ex mandatario, bajo esa condición, no podría postular, ya que la normativa le exige haber renunciado un año antes a su militancia si quiere competir como independiente. Para graficar, en el Servel mencionan el inciso final del artículo 4 de la Ley de Votaciones: "Los candidatos independientes no podrán haber estado afiliados a un partido político dentro de los nueve meses anteriores al vencimiento del plazo para presentar las declaraciones de candidaturas". Además, agregan que Lagos no podría ser patrocinado por otro partido.