La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió revocar la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, que el pasado 6 de febrero había declarado inadmisible un recurso de protección presentado por Izquierda Autónoma en contra del Servicio Electoral.

La acción legal de la Izquierda Autónoma buscaba dejar sin efecto el mecanismo habilitado en febrero por el Servel, que permite a las colectividades tradicionales inscribir y refichar militantes mediante un correo electrónico con la cédula de identidad adjunta. Según la Izquierda Autónoma, el mecanismo facilitaba la inscripción en los partidos tradicionales y no a los nuevos, lo que contravenía el principio de igualdad ante la ley.

El máximo tribunal consideró que los antecedentes que fundan la acción judicial podrían eventualmente "constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación".

En el fallo se detalla que "por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la resolución apelada de seis de febrero de dos mil diecisiete, y en su lugar se declara que el recurso de protección deducido es admisible, debiendo dársele la tramitación correspondiente".

Desde Izquierda Autónoma valoraron la decisión. "Nos alegra que la Corte Suprema le conceda autoridad a nuestro argumento y estime que puede haber vulneración de una garantía. Ahora insistiremos con el apoyo de más movimientos en formación para que no existan artimañas que privilegien a los viejos partidos, es la credibilidad de la política democrática lo que está en juego", afirmó el dirigente del movimiento, Francisco Figueroa.