Prohibición de acercarse a la víctima, obligación de dejar el domicilio en común y someterse a tratamiento psicológico o de drogas son algunas de las penas accesorias que reciben quienes cometen actos de violencia intrafamiliar. Estas medidas son visualizadas en el Certificado de Antecedentes desde 2005, cuando entró en vigencia la Ley 20.066, y desde entonces acumula 58.346 personas.
El Registro Civil está encargado de recibir y canalizar estas anotaciones en los documentos de los ciudadanos y de mantener un Registro Especial de Condenas por Actos de Violencia Intrafamiliar, que puede ser consultado por tribunales y policías.
La jefa de la Unidad de Violencia Intrafamiliar del Sernam, Bernardita Prado, indicó que, para el organismo, el registro tiene gran utilidad como medida disuasiva. Sin embargo, explica que "existe un vacío en la ley, ya que sólo se anotan casos conocidos por tribunales de Familia y no los actos de violencia intrafamiliar que son delitos y que se tramitan en sede penal".
La directora del Registro Civil, Claudia Gallardo, explicó que esa base de datos se elabora de acuerdo con las sentencias definitivas dictadas por los tribunales de Familia y de Garantía. También se incluyen las suspensiones condicionales. "Una vez ingresada al sistema, la información aparece de inmediato en el Certificado de Antecedentes y se actualiza a diario", explicó.
Según las estadísticas de la Fiscalía Nacional, de los 143.995 delitos asociados a VIF denunciados en 2013 en el país, el 47,90% corresponde a lesiones, el 39,99% fue por amenazas y 7% por maltrato habitual. Más del 15% de estos casos son denunciados en la Fiscalía Sur, la única a nivel nacional con un departamento especializado.
El jefe de la unidad de Violencia Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía Sur, Rodrigo Chinchón, detalló que una de las mayores dificultades es probar los delitos, "porque se requiere la participación de la víctima, que en muchas ocasiones se retracta, ya sea porque vuelve con su pareja o por la relación familiar que existe".
Añadió que cuando una persona es condenada por VIF, estos datos nunca desaparecen del registro. Lo que sí puede ocurrir, bajo ciertas condiciones, es que las penas dejen de aparecer en el Certificado de Antecedentes.
La omisión, explicó la directora del Registro Civil, puede ocurrir cuando ha transcurrido el plazo previsto en la suspensión condicional y cuando se ha cumplido la sentencia. "En este caso, el tribunal emite un certificado en que consta el cumplimiento de la pena y de las medidas accesorias, y se omite la información del certificado, pero no del registro", indicó Gallardo.