Responsabilidad de los colegios en abordar el bullying
La legislación debe motivar que los establecimientos adopten una actitud proactiva y enfrenten con decisión los problemas de convivencia escolar.
LA CAMARA de Diputados aprobó ayer el proyecto de ley que busca regular o sancionar a los colegios que no hagan cumplir normas internas de buena convivencia escolar, en el marco de la preocupación que existe por el aumento a nivel nacional de denuncias por el llamado bullying, definido como violencia verbal, emocional o física entre pares, ejercida en forma reiterada, a veces por largos períodos. Distintos indicadores han dado cuenta de que existe un problema en este ámbito en un porcentaje importante de los establecimientos del país, como también de que en muchos casos los propios colegios son poco proactivos a la hora de prevenir o sancionar conductas inaceptables de violencia escolar, según ha recordado esta semana el ministro de Educación. Junto con esa evidencia, ha crecido entre la opinión pública la conciencia de que es preciso hacerse cargo de esta realidad, que genera efectos nocivos en el largo plazo para las víctimas, dañando su formación moral y física, e incluso limitando el desarrollo de sus potencialidades.
Por su naturaleza, se trata de un problema que cada comunidad escolar debe enfrentar a partir de su particular realidad, idealmente con la participación activa de las familias de sus alumnos. Las conductas de bullying conspiran contra los objetivos formativos de todo establecimiento educacional, que en esencia consisten en proporcionar un entorno en el cual los estudiantes puedan adquirir las herramientas académicas y sociales para poder densenvolverse normalmente en la sociedad, y para enfrentar con mayores posibilidades de éxito sus aspiraciones de desarrollo personal y profesional en la vida adulta. De ahí que sean los colegios los primeros llamados a abordar los problemas de convivencia escolar y a elaborar reglamentos en esa área.
Lo cierto, sin embargo, es que diversos factores mueven a los colegios a no ser proactivos en esta materia, una pasividad que sólo agrava la situación. Por ello, parece conveniente que la legislación entregue herramientas que desincentiven dicha actitud pasiva ante el problema. Las multas que establece el proyecto son una de ellas. Asimismo, dada la especificidad de cada colegio, resulta acertado que el proyecto exija la aplicación de los reglamentos internos de cada establecimiento y que no fije normas generales para todos ellos. El objetivo, precisamente, es que sean los colegios quienes enfrenten y resuelvan las situaciones de hostigamiento escolar entre sus alumnos, incluso si el abuso no se produce en el recinto educacional, pero tiene su origen en éste, como ocurre, por ejemplo, con el bullying a través de las redes sociales de internet.
Por este motivo, las sanciones que contempla el proyecto de ley deben ser entendidas como un último recurso, que sólo debe ser utilizado cuando haya pruebas claras de que un colegio no tiene la voluntad o la capacidad para enfrentar los problemas de violencia o acoso. De lo contrario, existe el riesgo -tal como lo ha hecho ver el presidente de los Colegios Particulares (Conacep)- de judicializar y sembrar la desconfianza en la convivencia escolar. De ocurrir esto, se haría necesario recurrir a terceros ajenos a la situación, sin manejo de las complejidades y detalles que siempre implica este tipo de dinámicas sociales, para que sean ellos los que propongan y apliquen soluciones. Los colegios deben ver en el proyecto un incentivo a ser proactivos para enfrentar situaciones que conspiran contra su misión formativa y empobrecen el entorno en que conviven sus alumnos.
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