La mañana de este lunes, el Juzgado de Garantía de Quilpué entregó la sentencia de los siete condenados en el marco del caso de la secta de Colliguay, confirmando que los principales involucrados en el sacrificio del lactante, cumplirán penas efectivas de cárcel.

De esta forma, Natalia Guerra fue condenada como autora del delito de parricidio consumado de su hijo Jesús, debiendo cumplir la pena efectiva de cinco años de presidio. Asimismo, Pablo Undurraga fue condenado como autor del delito de homicidio calificado en el grado de consumado, teniendo que cumplir, también, la pena efectiva de cinco años de presidio.

A ambos se les considerará el tiempo que permanecieron privados de libertad en el transcurso de la investigación.

Claramente esta resolución no dejó contentos a los abogados defensores, quienes ya anunciaron que revisarán detalladamente lo dictaminado por la jueza, para así elevar un requerimiento a la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

En tanto, a David Pastén, Karla Franchi, María Pilar Álvarez, Carolina Vargas y Josefina López, condenados como encubridores del delito de homicidio, deberán cumplir con la pena remitida de tres años.

Dicha pena, será cumplida bajo el régimen de libertad vigilada intensiva, con la prohibición de salir del país.

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Las defensas de todos los involucrados habían solicitado que las penas sean cumplidas en libertad, puesto que en el momento en que se cometió el delito, todos estaban en un estado de delirio místico, influidos por quien lideraba la secta, Ramón Castillo Gaete, más conocido como "Antares de la Luz".

Aquello fue desestimado por el Tribunal, puesto que se descartó dicho estado, asegurando que los imputados tenían plena conciencia de lo que estaba ocurriendo. La jueza sostuvo que prueba de ello, es que durante la comisión del delito, los condenados lloraron y taparon sus oídos para no escuchar.

Incluso, en la argumentación del Tribunal, se comparó lo ocurrido con las violaciones a los derechos humanos perpetradas en Colonia Dignidad y durante la dictadura.