El Senado colombiano aprobó una modificación a un artículo de la Constitución a fin de prohibir el porte de una dosis personal de droga, medida que busca disminuir el consumo de narcóticos en el país.

La modificación fue aprobada por 60 votos a favor y 14 en contra.

La norma permitía a los consumidores portar hasta 20 gramos de marihuana y uno de cocaína, entre otros estupefacientes, y castigaba a quienes llevaban más de estas cantidades. El gobierno había insistido en varias oportunidades al Congreso penalizar o prohibir el porte en cantidad mínima debido al incremento en el consumo de sustancias alucinógenas.

El gobierno presentó seis veces a consideración del Congreso el estudio de este proyecto de ley que finalmente fue aprobado el miércoles. La modificación sólo necesitaba 52 votos para ser admitida.

Según el senador Héctor Heli Rojas, del Partido Liberal, se tendrá que mirar el microtráfico a fin de contener el consumo interno de narcóticos.

La ley pasa a sanción presidencial y posteriormente a estudio de la Corte Constitucional.

Un estudio oficial sobre el consumo de drogas entre la población universitaria del Area Andina asegura que el 0,3% de los universitarios en Bolivia declararon haber consumido pasta básica de cocaína al menos una vez en la vida, cifra que asciende a 0,9% en los estudiantes colombianos, a 1,5% en Ecuador y 0,7% en Perú.

La investigación apoyada por la Comunidad Andina de Naciones, difundida en noviembre pasado, evidenció que los universitarios andinos usaron inhalantes en algunos casos, por primera vez desde los 15 años, y algún tipo de cocaína entre los 19 y 20 años.

Una encuesta nacional de hogares de la Dirección Nacional de Estupefacientes señala que la prevalencia de consumo de estupefacientes en Colombia es baja (0,7%), mientras que regionalmente es alta. En Medellín, la segunda ciudad del país a 250 kilómetros al noroeste de Bogotá es de 2,1%, cifra similar a la de "países que son mayores consumidores como Estados Unidos con 2,8% y Canadá con 2,3%".