El Senado de Colombia rechazó hoy, por 51 votos contra 17, un proyecto de ley que buscaba permitir el matrimonio gay, que en las últimas semanas originó una enorme controversia entre sectores que defendían y criticaban la iniciativa.

El proyecto se hundió en el segundo debate reglamentario, por lo que quedará ahora en manos de jueces y notarios de la fe pública, por decisión de la Corte Constitucional, la facultad para unir a personas del mismo sexo en ceremonias que no se llamarían matrimonio sino vínculo marital. 

El senador oficialista Armando Benedetti, ponente del proyecto, criticó a sus colegas por rechazar la iniciativa y dijo que lo ideal hubiese sido que el matrimonio gay fuese aprobado por el Congreso y no ejecutado de hecho por jueces y notarios.

"El Congreso es tan tonto, y a veces tan estúpido, que termina quitándose los derechos de legislar para que la Corte vuelva a legislar, porque la Corte sí conoce los postulados constitucionales. El Congreso parece que solo conoce de postulados de la Iglesia católica romana", dijo Benedetti, del gobernante Partido Social de Unidad Nacional, que votó en contra del proyecto.

"Esto (el Capitolio Nacional, la sede del Congreso) parece una fachada de catedral pero que en últimas es como una pesebrera por dentro", añadió el legislador.

El tema empezó a ser discutido en 2010, cuando un grupo de abogados presentó una demanda para que se reformara el Código Civil, que solamente reconoce como matrimonio las uniones entre un hombre y una mujer. 

La Corte Constitucional se abstuvo de pronunciarse sobre el tema, alegando que la presentación de la demanda tenía errores de forma, y en 2011 dejó el asunto en manos del Congreso al fallar sobre una segunda demanda.

Según la Corte, el Congreso debía definir antes del 20 de junio de 2013 una reforma que indicara que el matrimonio no es exclusivamente entre un hombre y una mujer. La decisión tomada hoy por el Senado hunde definitivamente el proyecto, por lo que ya es imposible cumplir ese plazo.

Los magistrados dijeron en ese entonces que no se debe discriminar a las parejas homosexuales, pero hicieron énfasis en que era el Congreso el encargado de modificar la definición de familia contenida en la Constitución desde 1887, ratificada en 1991, que ubica su origen en la unión de un hombre y una mujer.

El alto tribunal señaló en ese momento que si el Congreso no legisla en la materia, "las parejas homosexuales pueden ir ante un notario y con la misma solemnidad del matrimonio heterosexual establecer un vínculo, con consecuencias similares al de una pareja heterosexual".

El Ministerio de Justicia, bajo cuya órbita están las Notarías de la Fe Pública, y el Consejo Superior de la Judicatura ya conformaron una comisión encargada de preparar un modelo de acta que servirá de base a la unión de parejas del mismo sexo.

"No se van a celebrar matrimonios. Será un vínculo contractual solemne", expresó el director de la Superintendencia de Notariado y Registro, Jorge Vélez.

La Corte Constitucional ha tomado medidas en los últimos tiempos para proteger a las parejas homosexuales, entre ellas el reconocimiento de derechos de sucesión de herencias.

Asimismo, el alto tribunal sentenció que un homosexual puede afiliar a su pareja al sistema de seguridad social, de la misma forma en que lo hace una persona heterosexual.