"Los hechos no constituyen delitos, sólo faltas administrativas que no corresponde denunciar a la justicia". Esa es la justificación que dio el Servicio Nacional de Menores (Sename) para no haber denunciado 22 casos de funcionarios sancionados por maltrato infantil y juvenil entre 2003 y 2013, mientras trabajaban en el servicio. Todos ellos continúan desempeñándose como educadores de trato directo, coordinadores y profesores, en 10 centros de administración directa del servicio o en sus organismos colaboradores a lo largo del país.
Así lo estableció un informe del Sename, al cual accedió La Tercera a través de la Ley de Transparencia. En el documento, la institución catastó los sumarios cerrados y sancionados desde 2003 a la fecha.
El informe detalla que de 1.490 procesos disciplinarios efectuados en el período, 1.101 se encuentran cerrados. De ellos, 21 pertenecen a casos sancionados por agresiones entre los mismos internos que estaban bajo la supervisión de los trabajadores sumariados. Además hay nueve sanciones a empleados por situaciones de índole sexual entre menores. Todos ellos continúan trabajando en el Sename y nunca fueron denunciados a la justicia.
Al respecto la directora del servicio, Marcela Labraña, dijo que "para nosotros este ha sido un tema gravitante y estos casos que ocurrieron en los últimos 11 años no son menores. Por lo mismo, hemos decido instalar la unidad de la fiscalía que no existía en el servicio".
De acuerdo a Labraña, esto les permitirá "en forma neutral tomar todos estos casos y la importancia que le hemos querido dar, es que se tienen que tomar las mismas medidas que se toman con una persona que no trabaja en el servicio".
Agregó que "un maltrato dentro del servicio tiene que ser sancionado, obviamente si se comprueba, pero muchos de estos casos no han sido demostrados como delitos".
Para el diputado René Saffirio (DC), ex presidente de la comisión investigadora del Sename, "no es el servicio el que tiene que calificar si hay delito o no, no es un tribunal. El Sename tiene la obligación de poner a conocimiento al Ministerio Público cualquier hecho que pueda implicar la comisión de un delito". Agregó que "los funcionarios por norma del instituto administrativo están obligados a denunciar. Quien no lo hace, incurre en notable abandono de deberes y pueden ser destituidos de su cargo. Si eso ha ocurrido la directora del Sename, tiene que responder con su cargo".
En la misma línea, Patricia Muñoz, directora de la Unidad de Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar de la Fiscalía Nacional, dijo que "la omisión de denuncia es considerada una falta, que está prevista en el artículo 177 del Código Procesal Penal que refiere al incumplimiento de la obligación de denunciar".