El director del Sernac, Ernesto Muñoz, aclaró que la audiencia convocada para este lunes en el 10 juzgado civil de Santiago, en la que se debía ratificar el acuerdo alcanzado entre CMPC y organizaciones de consumidores para entregar una compensación de $7 mil para cada chileno mayor de 18 años por la colusión en el mercado de productos de papel tissue, no formaba parte del acuerdo alcanzado en la mesa que contó con la mediación del organismo.
"Como parte del acuerdo, los participantes en dicha mediación colectiva se comprometieron a estudiar y analizar en conjunto las distintas alternativas procesales disponibles para materializar judicialmente la solución alcanzada, de manera que el tribunal de justicia competente, a la brevedad posible, valide y ratifique el acuerdo obtenido entre las partes. Es así que el martes 21 de febrero, Sernac, las asociaciones de consumidores y CMPC, sostendrán una reunión para evaluar los pasos a seguir y dar la máxima celeridad al proceso", dijo Muñoz.
En este sentido aclaró que "la audiencia convocada para hoy lunes 20 de febrero no formaba parte del acuerdo entre las partes, puesto que todavía no existe claridad respecto de la mejor forma para que los tribunales ratifiquen lo acordado. Esto en ningún caso pone en riesgo la implementación del beneficio para los consumidores. A pesar que ni Sernac, ni Odecu son parte de ese juicio, Sernac concurrió a la audiencia para cautelar el cumplimiento de los puntos principales del acuerdo".
La audiencia de concilación en el marco de la demanda que presentó Conadecus contra CMPC se suspendió debido a que el Sernac concurrió como ratificado y no como parte de la causa. Además, un recurso judicial presentado por SCA ante la Corte de Apelaciones , que busca impugnar la competencia de este tribunal, y una reclamación ante la misma Corte por parte de CMPC, que apunta a la prescripción de la causa, serían también las razones que habrían llevado a las partes a no ratificar el acuerdo.
El director del Sernac agregó que al haber liderado el proceso de mediación, es el garante de que cada uno de sus puntos se cumplan y detalló que entre estos se encuentran:
– Que el acuerdo sea ratificado ante un tribunal definitivamente competente, esto es, respecto del cual no exista cuestionamiento alguno.
– Cualquiera que sea el mecanismo de implementación acordado, se deben establecer instancias de reporte, seguimiento y la certificación de cumplimiento del mismo.
– Dicho acuerdo explicita que Sernac no percibe ni percibirá costas procesales ni personales con ocasión de las gestiones judiciales que se deban realizar para materializar el acuerdo. Por su parte, la Conadecus y Odecu serán reembolsadas por CMPC Tissue S.A de los gastos que, a la fecha del acuerdo, habrían incurrido con ocasión de la mediación y acción judicial emprendida.
Al respecto, el Sernac "vigilará todos y cada uno de los conceptos que integran el acuerdo, sin exclusión alguna, entre ellos el proceso de reembolso a las asociaciones de consumidores de los eventuales gastos en que éstas habrían incurrido, a través de un procedimiento público y transparente, haciendo valer las acciones que correspondan ante cualquier afectación en los intereses de los consumidores", aseveró.
En octubre de 2015 la Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) un requerimiento contra CMPC Tissue y SCA Chile por haber creado y participado de un cartel para asignarse cuotas de mercado y fijar precios de venta de productos de la categoría de papeles tissue.
En la acusación la FNE planteó que ambas firmas celebraron y ejecutaron acuerdos que les permitieron mantener operativo este cartel a partir del año 2000 y al menos hasta diciembre de 2011, afectando el mercado nacional de comercialización mayorista de papel higiénico, toallas de papel, servilletas, pañuelos desechables y faciales en el canal de venta masivo.
La causa, en la ambas empresas se acogieron a la delación compensada, aún está en proceso ante el TDLC.