Sernac espera que regulación sobre consentimiento explícito aumente la competencia

"En el fondo, aspiraría a que se produzca un efecto similar al de portabilidad numérica en aquellos casos donde la institución financiera decida desahuciar un contrato indefinido", dijo el director del Sernac, Juan José Ossa.<br>




El director del Servicio Nacional de Consumidor (Sernac), Juan José Ossa, estimó que el nuevo reglamento que pondrá en consulta pública el Ministerio de Economía la próxima semana y que apunta a regular el mecanismo para que los consumidores entreguen su consentimiento explícito ante cualquier cambio a los contratos pactados con las instituciones financieras podría aumentar la competencia en la industria.

Lo anterior debido a que la nueva iniciativa establece que cuando un cliente se niegue expresamente a cualquier modificación al contrato propuesta por la institución financiera, ésta última tiene el derecho de desahuciar dicho pacto, situación que podría abrir la posibilidad de una mayor movilidad en las carteras de clientes de estas entidades.

"Es muy relevante que estén todos los incentivos puestos para que el hecho de que puedan terminarse (los contratos ) genere un efecto virtuoso y genere competencia", aseveró Ossa.

"En el fondo, aspiraría a que se produzca un efecto similar al de portabilidad numérica en aquellos casos donde la institución financiera decida desahuciar un contrato indefinido", acotó.

Asimismo, el director del Sernac precisó que cuando el reglamento establece la libertad de la institución financiera de desvincularse del cliente por este motivo, se hace referencia específicamente a las relaciones comerciales pactadas a través de un contrato indefinido.

"Lo que se está diciendo en el reglamento, cuando dice que se pueden desahuciar los contratos, es que se pueden desahuciar los contratos indefinidos y es muy importante hacer esta distinción, porque los contratos a plazo, tiene que llegar la fecha del plazo y usted no puede modificar nada derechamente, no puede modificar las comisiones, eventualmente podría proponerlo, pero si le dicen que no, obviamente esa modificación no se puede hacer", aclaró.

Ossa sostuvo que los contratos indefinidos tienen una naturaleza que es distinta, porque "nadie te puede obligar, salvo excepcionalmente, para toda la vida lo que significa que pueden desahuciarse".

Ossa aclaró que las instituciones financieras ya tienen la posibilidad de desahuciar un contrato indefinido actualmente, destacando que lo que hace el nuevo reglamento es que el cliente tiene que explícitar si acepta o no cualquier modificación que la entidad quiera realizar al pacto y se lo proponga, para lo cual el consumidor tiene un plazo de 30 días para responder.

"Lo más relevante de todo es que por primera vez se está diciendo de forma clara que este contrato, que siempre ha podido desahuciarse, para poder ser desahuciado necesariamente requiere que el consumidor esté realmente informado y tome una decisión consciente sobre si que quiere o no perseverar en ese contrato indefinido", destacó.

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