El ministro de Economía, Pablo Longueira, junto al director (s) del Servicio Nacional del Consumidor, Lucas del Villar, anunciaron que dicho organismo presentó este jueves una demanda colectiva en contra de la Empresa Aguas Andinas, por no informar de manera oportuna los cortes de agua del día 22 de enero.

"La acción se presenta con datos objetivos recabados en el informe de la Superintendencia de Servicios Sanitarios", explicó el ministro Longueira.

En efecto, el Sernac tomó esta determinación luego de conocer el informe técnico de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) que indicó que, si bien el corte fue calificado de inevitable, producto de las intensas lluvias ocurridas en la cordillera y que contaminaron el Río Maipo, Aguas Andinas no informó "en forma clara y oportuna a los usuarios" la ocurrencia del mismo.

Respecto de las medidas de mitigación empleadas por la empresa, la SISS las calificó de "deficientes" por no cumplir con los estándares legales, ya que Aguas Andinas, en algunos casos, proporcionó agua a los clientes afectados -a través de medios alternativos- por el corte recién a las 14:00 horas de ese día.

Al respecto el ministro Longueira, reiteró el compromiso del gobierno con la defensa de los derechos de los consumidores.

"No podemos fallar a la confianza que hoy depositan los consumidores en el Sernac. Uno de los sellos de este gobierno ha sido defender a quienes ven vulnerados sus derechos, y tal como el país lo ha visto, ninguna empresa estará exenta de responder cuando corresponde", expresó.

El Sernac solicitó a la empresa, a través de un oficio, que le informara las causas del corte, las medidas de mitigación adoptadas frente a la situación y los mecanismos utilizados para informar a los consumidores.

En su respuesta, Aguas Andinas indicó que la interrupción del servicio se debió a un evento de fuerza mayor, por lo que como compañía no tendría responsabilidad alguna y tampoco correspondería compensar a los usuarios por este hecho.

Sin embargo, a juicio del Sernac la falta de información oportuna impidió a un grupo determinado de consumidores acumular agua suficiente a tiempo, lo que les causó perjuicios directos que deberán ser indemnizados por la empresa.

Los consumidores afectados representan a lo menos 1.360.000 personas residentes de las comunas de El Bosque, San Bernardo, San Ramón, La Cisterna, Peñalolén, La Pintana, La Granja y La Florida, cuyos cortes se verificaron entre las 23.30 horas del lunes 21 de enero y las 01.00 horas del día martes 22, según información de la propia empresa, por lo que no pudieron acumular agua para el consumo doméstico.

La Ley del Consumidor indica que las empresas tienen la obligación de entregar información veraz y oportuna a los consumidores, así como deben prestar sus servicios de forma profesional, adoptando todas las medidas que estén a su alcance para evitar causar daños a sus clientes, lo que a juicio del Sernac la empresa no cumplió en este caso.

El director del Sernac, Juan José Ossa, explicó que la Ley faculta al organismo a solicitar judicialmente a las empresas sanitarias las compensaciones para los consumidores afectados si la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) determina en su investigación que hubo faltas al deber de profesionalidad al momento de prestar el Servicio, tal como ocurrió en este caso, además de las multas que establece la Ley del Consumidor.

La autoridad agregó, que si bien las indemnizaciones las determinará la Justicia, el Sernac hará todos los esfuerzos para que Aguas Andinas compense económicamente a los consumidores que se vieron afectados por no contar con la información adecuada tras el corte del suministro del pasado 22 de enero.

Respecto del corte de suministro que afectó el pasado fin a de semana al litoral central, el ministro Longueira señaló que están recabando antecedentes y si amerita el caso presentarán otra acción judicial contra Esval con el fin de compensar a los consumidores.