SII informa que padres podrán ceder beneficio de rebaja de impuestos por gastos de educación
Los padres de común acuerdo, podrán optar por alguno de ellos como el beneficiario del total de la rebaja, que puede llegar hasta los $40.200 por hijo.
Según informó el Servicio de Impuestos Internos (SII), ya está disponible en su sitio, la declaración jurada que deben enviar los padres que quieran ceder el beneficio de rebaja de impuestos por gastos de educación, al que se podrá acceder en el proceso de declaración de renta de este año.
De esta manera, los padres, de común acuerdo, podrán optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del total de la rebaja. Quien ceda el beneficio deberá realizar la declaración jurada en la página en la opción "declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos de educación, art.55 ter", antes de presentar su declaración anual de renta en abril. De no hacerlo el monto por hijo se dividirá entre ambos padres.
Como informó el SII, quienes envíen la declaración podrán acceder a una rebaja en sus impuestos de hasta $40.200 por hijo, si es que se cumplen los requisitos establecidos por la ley.
REQUISITOS
El padre y/o la madre deben haber tenido un ingreso anual superior a $6.513.372, lo que los hace contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría o del Impuesto Global Complementario.
Por otra parte, la suma anual de las rentas totales del padre y de la madre, no debe exceder de la cantidad equivalente a UF 792 ($18.089.874). Si en conjunto exceden de dicha cantidad ninguno de ellos tendrá derecho al beneficio.
Los hijos, que deben ser menor de 25 años al 31 de diciembre de 2012, deben estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor).
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