En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema, ratificó hoy el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de protección presentado por vecinos de la comuna de Providencia contra la construcción de un memorial en recuerdo de los profesores Santiago Nattino, Manuel Guerrero y José Manuel Parada, víctimas del denominado caso Degollados en 1985, dando así luz verde al memorial.
La sentencia de la Corte Suprema señala que el recurso de protección no es la vía judicial idónea para recurrir de este tipo de decisiones municipales, a lo que se suma que los mismos recurrentes se desistieron de un reclamo de ilegalidad por los mismos hechos.
El fallo agrega además que "existiendo en el ordenamiento jurídico nacional procedimientos de reclamo en contra de las resoluciones impugnadas en estos autos, resulta evidente que ésta no es una materia que corresponda ser dilucidada por medio de la presente acción cautelar, ya que la misma no constituye una instancia de declaración de derechos sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y por ende en situación de ser amparados, por lo que el presente recurso de protección no está en condiciones de prosperar, sin perjuicio de otras acciones que pudieren corresponder a la parte recurrente".
El recurso había sido interpuesto por la comunidad que agrupa a los vecinos del edificio ubicado en Los Leones 1425, lugar donde antes estuvo el colegio donde trabajaban las víctimas y donde se construiría el memorial.