La Corte Suprema consideró en un informe que tres artículos del proyecto de ley que "prohíbe homenaje y/o exaltación de la dictadura cívico militar" se "apartan" del principio de legalidad. La iniciativa parlamentaria fue presentada en la Cámara Baja el pasado 25 de noviembre por la diputada del PC, Karol Cariola.
Particularmente, los artículos rechazados son el 11, 12 y 13, que se refieren a la forma de hacer efectiva la responsabilidad de quienes realicen actos a favor del Golpe de Estado de 1973. Según el documento, el artículo 11 del proyecto "se aparta del principio de legalidad que consagra el artículo 19 de la Constitución en el sentido que la ley no puede establecer penas sin que la conducta que sanciona esté expresamente descrita, exigencia que en la especie se advierte incumplida".
En el informe además se explica que la referencia a una "acción pública" es innecesaria, dado que es un regla general, e indica que "podría llegar a ser mezquina la referencia a determinados entes (como el Instituto Nacional de Derechos Humanos, la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos y los Comandos de Exonerados Políticos)".
El informe fue enviado por el máximo tribunal el pasado 3 de enero al presidente de la Cámara Baja, Aldo Cornejo.