El 21 de marzo pasado la Corte Suprema condenó a pagar una millonaria indemnización a la Empresa Eléctrica de Melipilla, Colchagua y Maule S.A. (Emelectric) -absorbida por la Compañía General de Electricidad (CGE) Distribución-, por su responsabilidad en un incendio que el 13 de febrero de 2011 arrasó con 330 hectáreas de bosque nativo, 140 hectáreas de plantaciones de eucaliptus y 30 hectáreas de una plantación de paltos de la sociedad Agrícola Esmeralda S.A, ubicada en la localidad de Cuncumén, comuna de San Antonio.
La sentencia por la demanda civil obliga a indemnizar a la sociedad afectada con una suma cercana a los $1.500 millones. En específico, la empresa demandada deberá desembolsar $ 861 millones por concepto de daño emergente; $ 461 millones por lucro cesante; $ 65 millones por daño al bosque nativo y $ 112 millones por la afectación a la plantación de eucaliptus.
Este fallo se da a un mes de que el país se viera afectado por una serie de incendios dejando, según el último balance de la Corporación Nacional Forestal (Conaf), 467 mil hectáreas consumidas por el fuego. En varias de estas emergencias provocadas hace dos meses, la fiscalía apunta como responsable también a CGE, debido a la presunta falta de mantenimiento del tendido eléctrico (ver nota secundaria).
Según el abogado de la sociedad agrícola, Oscar Contreras, el siniestro de 2011 "se provocó por el corte y caída a tierra de una de las líneas de distribución de alta tensión que prendió el pasto y se quemaron 330 héctares de bosque nativo y 50 héctareas de paltos y eucaliptus". Esto, dijo, debido a una escasa o inoportuna mantención de la línea eléctrica.
Lo planteado por el abogado fue acogido por la Corte de Apelaciones en su fallo, el cual fue confirmado por la Suprema el martes pasado. "Existieron dos focos de incendio y así lo declara el testigo perteneciente al Cuerpo de Carabineros, quien observó el inicio del incendio y concurrió hasta el lugar, señalando que estos focos se iniciaron en los cables eléctricos. Ya quedó probado en la causa que estos cables eran de responsabilidad de la demandada, en cuanto a la mantención de ellos. Nada probó que haya tomado todas las medidas a su alcance para evitar los hechos ocurridos", señala la resolución del tribunal de alzada.
En tanto, el fallo del Primer Juzgado de Letras de Melipilla, también confirmado por el máximo tribunal, indicó que "está plenamente acreditado el hecho ilícito, la responsabilidad de la demanda, el daño causado, la relación de causalidad entre uno y otro y la naturaleza y monto de los perjuicios".
Según explicó el abogado de la sociedad agrícola, la Corte Suprema determinó el monto de indemnización sobre la base de los costos de forestación que la Conaf fija cada año para este tipo de plantaciones.
Contreras agregó que "es un importante precedente por cuanto deja establecida la responsabilidad de las empresas eléctricas por la debida mantención de sus líneas, y las obliga a indemnizar todos los perjuicios que puedan haber sufrido los afectados, incluyendo en ellos el bosque nativo. Este juicio puede tener una jurisprudencia muy importante para los incendios de este año. En el sur hay sospecha fundada que haya sido por mala mantención del tendido, entonces este fallo va a constituir un precedente en demandar a las empresas eléctricas".
Consultada respecto al fallo, CGE Distribución aseguró que no se referiría al tema.