La Corte Suprema otorgó el beneficio de la libertad vigilada a Claudio Lecaros Carrasco, condenado por el secuestro calificado del militante socialista Gerardo Antonio Encina Pérez, ocurrido a partir del 2 de octubre de 1973, en la comuna de San Javier, Región del Maule.
En fallo dividido, los ministros otorgaron el beneficio judicial al entonces capitán de Carabineros que fue sentenciado a cinco años y un día de presidio. El fallo se adoptó con el voto en contra de los ministros Nibaldo Segura y Rubén Ballesteros, quienes fueron del parecer de aplicar la figura de la prescripción de la acción penal.
La ministra de la Corte de Apelaciones de Talca Juana Venegas Ilabaca, en primera instancia, había determinado la absolución de Lecaros Carrasco; en tanto, el tribunal de alzada, una sanción de cinco años y un día de presidio sin beneficios.