TC declara inadmisible requerimiento de ex gerente de SQM para frenar entrega de datos a la fiscalía

En fallo unánime segunda sala del tribunal desestimó recurso de Patricio Contesse. Con esto, explicó relator de tribunal, "se deja sin efecto la suspensión de procedimiento".




Por unanimidad, la segunda sala del Tribunal Constitucional declaró inadmisible el recurso de inaplicabilidad interpuesto por el ex gerente de SQM, Patricio Contesse, con el objetivo de frenar medidas intrusivas tales como incautaciones por parte del Ministerio Público. El escrito apuntaba a que eventuales incautaciones de la fiscalía a contabilidad del periodo 2009-2014 excedían sus facultades por cuanto el SII -a la fecha de la presentación del escrito- aún no presentaba una querella para todo ese periodo.

La decisión fue informada esta tarde por el relator de la Sala Rodrigo Picca, tras una sesión que se extendió por dos horas y una deliberación que tomó alrededor de 45 minutos.

"Tras deliberar tras la ronda de alegatos la segunda sala del tribunal constitucional ha acordado por unanimidad declarar inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad formulado por el señor Patricio Contesse. Consecuencialmente, se deja sin efecto la suspensión de procedimiento que limitada y temporalmente había decretado la misma sala hasta el día de hoy para entrar a conocer y resolver acerca de la admisibilidad del requerimiento interpuesto", dijo el relator.

Picca agregó que "esto significa que se deja sin efecto la suspensión del procedimiento, se declara inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad deducido y concluye el proceso de inaplicabilidad que se había abierto con la solicitud del señor Patricio Contesse".

Una vez desestimado el recurso de inaplicabilidad, ahora el octavo juzgado de garantía deberá pronunciarse sobre la petición de allanamiento.

Tras conocer la resolución el fiscal nacional Sabas Chahuán sostuvo que "acabamos de ser notificados de la resolución del TC que ha declarado inadmisible el requerimiento. Hay una petición de la fiscalía al juzgado de garantía que autorice una serie de diligencias y mientras no esté autorizado no podemos hacer nada".

El abogado Samuel Donoso, representante de Patricio Contesse reaccionó tras el fallo señalando que "nosotros somos respetuosos de la ley y acatamos las resoluciones".

"Nuestro objetivo con el recurso era que el TC estableciera los limites buscamos que se estableciera los límites que debe respetar el ministerio público en el ejercicio de las potestades que le otorga la ley y la constitución política del Estado. Lo que buscábamos era básicamente que se estableciera que no habiendo querella del SII no se pudían realizar diligencias", agregó.

Consultado sobre los dichos del fiscal nacional en relación a que el recurso constituía una traba para la investigación del Ministerio Público, respondió que "nosotros hemos ejercido los derechos que la ley y la Constitución nos otorgan".

EL DETALLE DE LA AUDIENCIA

El primero en exponer fue el abogado Samuel Donoso, representante de Patricio Contesse. Durante su exposición planteó que  el hecho de investigar a una determinada persona "genera una afectación de su honra, más cuando se trata de un proceso ampliamente difundido por los medios".

Junto con esto advirtió que "no es que el ministerio público puede investigar cuando se le ocurra, acá el monopolio lo tiene el SII. Acá se requiere que el SII haya ejercido la acción judicial, y ese es el tema que hemos sometido al conocimiento del tribunal".

Con todo, reconoció que "entre que presentamos este requerimiento han pasado muchas cosas que cambian el escenario. Entre el lunes y hoy se han presentado una serie de recursos, entre ellos una denuncia del SII y la incautación a SQM".

En respuesta a Contesse, el fiscal nacional Sabas Chahuán planteó que  el recurso "lo que se pretende es obstaculizar acciones del Ministerio Público".

Adicionalmente planteó que "es evidente que permanece esta duda respecto de la calidad en que comparece Contesse y de los intereses que quiere representar...es un hecho que ya no representa legalmente a SQM". "El no es representante de la empresa y la empresa no es parte de esta audiencia", remarcó.

El fiscal nacional advirtió que "si se acoge el requerimiento, a la luz de lo que el propio SII ha obrado, ¿Qué medidas instrusivas le van a quedar a la fiscalía? Cómo se va a realizar una medida intrusiva? Queda sin armas el Ministerio Público".

En este contexto, dijo que si se acogiera el recurso "se provocaría una situación contraria a la Constitución. Estas normas que se pretende declarar inconstitucionales son pilares fundamentales para la labor del Ministerio Público"

Chahuán recordó que en los últimos días el SII entregó información contable y presentó denuncia por todo el periodo. "Solicito que se rechace el recurso de inaplicabilidad y se deje sin efecto la suspensión del procedimiento".

"Este tribunal debe reservarse a asuntos de mayor calaña...de mayor entidad, digo", ironizó Chahuán.

Consultado por críticas de Jovino Novoa, dijo que "está en todo su derecho de expresar su opinión, estamos en una democracia. No las considero adecuadas, pero está en su derecho de opinar".

En tanto, el subdirector jurídico del SII Cristián Vargas remarcó que el 23 de marzo la entidad presentó querella contra representantes de SQM "a fin de que el Ministerio Público proceda a investigar".

Vargas recordó que a la hora de solicitar acciones judiciales se toman una serie de factores, entre ellos el monto defraudado, la reiteración de los hechos, entre otros.

"Creemos que el requerimiento debe ser declarado inadmisible, por cuanto no cumple con los requisitos. En efecto el requerimiento a juicio de este servicio carece de fundamento plausible", dijo.

A su turno, el presidente del CDE Juan Ignacio Piña coincidió en que "debe declararse inadmisible el requerimiento tanto por la falta de fundamento plausible".

Con todo aseveró que si se acogiera el requerimiento "no sería decisivo, el artículo 83 le permitiría al Ministerio Público seguir haciendo su trabajo".

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