El Segundo Tribunal Ambiental, revisa la causa que fue emitida contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Se trata de una acusación contra el director de la institución, Ignacio Toro, que generó el Consorcio Energético Nacional S.A.
Según la reclamación interpuesta por la empresa, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, calificó como "desfavorable" la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que presentó el proyecto de la Central de Energía Renovable No Convencional Tagua Tagua, que busca instalar el Consorcio en la comuna de Pichidegua.
Los escritos indican que pese a que el informe consolidado de evaluación recomendaba que se aprobara el proyecto como DIA, la Comisión exigió luego que ingrese como un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
Según los informes, frente al proyecto, la comisión evaluadora considera que tendrá un "significativo impacto del suelo, provocando la pérdida de 3,09 hectáreas, a pesar de que el titular señala que se compensará la pérdida". Los expertos, señalaron que el tiempo que se requiere para mitigar el daño que podría generarse, "no es dimensionable a escala humana", citan.
Desde el SEA, indicaron a La Tercera que "El Servicio fue notificado el jueves pasado de la resolución. Actualmente estamos trabajando en la presentación del informe que nos fue requerido para el cual tenemos un plazo de 10 días"
En este caso, el Tribunal deberá definir si el director del SEA incurrió en una ilegalidad o no al rechazar el proyecto, u obró conforme a la Ley.
EL ESTADO DENUNCIA DAÑO AMBIENTAL
Se trata de la primera denuncia que acoge el Segundo Tribunal Ambiental por "daño ambiental".
El Estado de Chile se enfrentará en la justicia contra el Centro de Residuos Orgánicos Colhue S.A.
La demanda describe el "no cumplimiento de los compromisos asumidos en la Resolución de Calificación Ambiental" en la comuna de Malloa, VI Región, conllevaría también "a numerosas denuncias de la comunidad de Pelequén por malos olores".
El documento respecto al caso publicado en la página del Tribunal, también agrega que "la Seremi de Salud inició sendos sumarios sanitarios contra la demandada, dando lugar a dos expedientes administrativos".
La denuncia indica que tras el primero de ellos, la autoridad sanitaria "remitió los antecedentes a la Comisión de Evaluación de la VI Región para que aplicara la sanción correspondiente, resolviendo la autoridad ambiental aplicar una multa"
Frente a este escenario, la justicia debe confirmar si realmente hubo daño, por tanto se requiere de un periodo probatorio.
El Tribunal podría exigir a la empresa que repare materialmente los daños ambientales causados, en caso de ser comprobados a través de la investigación.