El periódico tenía vedado reproducir cualquier información, publicidad o imágenes sobre "hechos de sangre, armas, mensajes de terror, agresiones físicas, imágenes que aticen contenidos de guerra y mensajes sobre muertes y decesos" que puedan alterar psicológicamente a los niños.
Ahora podrá reseñar noticias o publicidad, pero no gráficas, hasta tanto se emita sentencia en el juicio iniciado por la Defensoría del Pueblo a raíz de la divulgación de una polémica fotografía tomada en el interior de la morgue de Caracas, por parte de este rotativo.
La misma restricción aplica al resto de los periódicos nacionales, aunque en su caso tiene una duración de un mes.
MAS DEBATE
"Al hacer una revisión de las actas (…) debió versarse únicamente a las imágenes y no a la información y a la publicidad (…) pues la acción que está siendo ventilada se introdujo por la publicación de una fotografía en la primera plana del aquí demandado diario El Nacional", señaló el oficio, que fue remitido al periódico este jueves, según reflejó en su página de internet.
El editor Miguel Henrique Otero señaló que la modificación todavía dejaba espacio a dudas respecto a qué fotos son consideradas aceptables y cuáles no.
En su edición de este jueves, el diario publicó algunas gráficas de archivo icónicas, de sucesos como la guerra de Vietnam o el Caracazo.
Mientras tanto, en el espacio que normalmente dedica a la información de sucesos imprimió media página con formato de remitido, en el que los periodistas que cubren esa fuente le hacían una "consulta" al juez de la causa, sobre si podían o no informar de varios acontecimientos ocurridos el día anterior, como la muerte de una joven actriz que se encontraba desaparecida hacía días.
En paralelo, continuó la polémica por la decisión judicial que generó críticas incluso por parte de portavoces oficialistas, de profesión periodistas, que ahora son parlamentarios.
Los relatores de libertad de expresión de la OEA y la ONU emitieron un comunicado conjunto en el que rechazaron las restricciones impuestas por el tribunal, por considerar que constituyen "un acto de censura previa que, además, impone límites de tal vaguedad e imprecisión que impiden que la prensa escrita pueda publicar cualquier información que pueda perturbar o molestar" al gobierno.
Por su parte, el Bloque de Prensa Venezolano se reunió de emergencia. Sus portavoces reiteraron el criterio de que la medida es, en efecto, un acto de censura, que no quiere proteger a niños y adolescentes sino "prohibir información".
A su vez, para justificar su decisión de emprender acciones legales contra El Nacional, la Defensoría del Pueblo había emitido antes un comunicado en el que expresó que la restricción a la publicación de contenidos violentos "no constituye en forma alguna una violación o restricción ilegítima del derecho a la libertad de expresión y a la información.
"Por el contrario (...) responde a una obligación constitucional y legal del Estado venezolano, de carácter indeclinable, de tomar todas las medidas (...) necesarias para reguardar el goce y disfrute pleno de los derechos y garantías de la infancia y adolescencia".