Bajas penas por delitos ambientales



SEÑOR DIRECTOR:

El 7 de agosto de 2023 fue promulgada la Ley que “Sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente” regulando un amplio catálogo de delitos económicos y ambientales.

Si bien en el mundo ambiental esta ley fue largamente esperada, observamos las bajas penas privativas de libertad que se contemplan, por ejemplo, la pena de presidio mayor en su grado mínimo al que, infringiendo una resolución de calificación ambiental o sin haber sometido su actividad a una evaluación de impacto ambiental estando obligado, afectare gravemente un glaciar. Llama la atención que para el legislador sea más grave cometer un homicidio calificado que afectar gravemente un glaciar infringiendo la normativa ambiental, en un contexto de sequía extrema.

Por otro lado, la nueva Ley no contempla delitos por ruidos o por malos olores, lo cual hubiese sido deseable, considerando, por ejemplo, los graves atentados cometidos por el sector inmobiliario en zonas residenciales. En cuanto a la contaminación por malos olores, descansa en el Congreso Nacional una moción sobre el tema, hecha el 24 de julio de 2019, recordando graves episodios como el de Freirina.

Por su parte, valoramos positivamente las altísimas multas que deberán enfrentar las empresas que atenten contra el medio ambiente

Carlos Ignacio Vera C.

Abogado

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