Bienes de uso dual

SEÑOR DIRECTOR:
Es poco conocido en el ámbito político y empresarial chileno que nuestros principales proveedores de alta tecnología restringen la transferencia a nuestro país de diversos insumos utilizados en actividades productivas, afectando con ello nuestra competitividad. Estos insumos son los denominados “bienes de uso dual” -que tienen aplicaciones tanto civiles como militares-, cuya exportación está regulada en todos los países pertenecientes a la OCDE y al G20, con excepción de Chile, Colombia, Costa Rica, Arabia Saudita e Indonesia. Esta situación incluso dificulta que empresas chilenas puedan participar en proyectos internacionales o cadenas de suministro que involucran ciertos bienes de uso dual, a diferencia de sus competidores en Argentina, Brasil o México.
Para abordar este desafío es fundamental ofrecer a nuestros proveedores de tecnología garantías mínimas de que los bienes de uso dual que se nos transfieren no serán reexportados a países o entidades que representan una amenaza para la seguridad internacional y humana. El marco regulatorio que establece estas condiciones de seguridad se encuentra en el proyecto de ley que regula la exportación de material de uso dual y de defensa (Boletín 14.773-02), que se encuentra en trámite legislativo desde enero de 2022.
Es imperativo que nuestras autoridades y legisladores avancen en la aprobación de esta iniciativa, presentada por Cancillería, toda vez que su implementación traerá consigo importantes beneficios para nuestra economía.
Carolina Calvo Asencio
Camila Hernández Sánchez
Juan Pablo Rosso Streeter
Centro de Estudios Sobre No Proliferación
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