Columna de Alejandra Sepúlveda: Dos reformas impulsoras de un crecimiento inclusivo

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Dos reformas impulsoras de un crecimiento inclusivo .

No es razonable que este cambio legal siga detenido en el Senado, en una tramitación que partió el 2013. Hacemos un llamado urgente a la acción y que el 8M no sea solo una fecha simbólica para hablar de estos temas.



Ad portas del Día Internacional de la Mujer, el llamado a las autoridades es claro: es hora de retomar con fuerza la discusión y aprobación de dos reformas fundamentales que impulsarán el crecimiento inclusivo, corrigiendo inequidades históricas: extender el derecho a sala cuna a todas las personas trabajadoras e independientes, con hijos menores; y la igualdad en la administración de la sociedad conyugal.

Sobre lo primero, el acceso al trabajo para las mujeres sigue condicionado por las normas sociales y legales de distribución de las responsabilidades de cuidados en el país. Así, su participación laboral alcanza solo un 52,6%, mientras que la de los hombres, un 71,4%. Más preocupante aún, un tercio de ellas (31,6%) está fuera del mercado laboral debido a responsabilidades familiares permanentes, frente a solo un 3% de ellos (INE, 2024).

Desligar este costo de la contratación de mujeres, estableciendo la corresponsabilidad y garantizado el acceso gradual y sostenido a salas cunas de calidad hasta los 3 años es, por lo tanto, fundamental. La evidencia demuestra que generaría un círculo virtuoso entre la estimulación temprana y el desarrollo cognitivo de niños y niñas; el aumento de la participación laboral de las mujeres y de sus ingresos, la mayor recaudación fiscal y la promoción de una sociedad más equitativa.

Sin embargo, la cantidad de niñas y niños matriculados en educación parvularia se mantiene por debajo de los países OCDE. En el grupo de 0 a 3 años solo un tercio asiste a instituciones de educación temprana. La demanda por sala cuna aún no está cubierta y es necesario expandirla. A nivel nacional un 37,5% de las empresas otorgó el derecho y entre las obligadas por ley, un 81,4% lo proporcionó (Encla, 2023).

En relación a lo segundo, es necesario avanzar en la postergada reforma a la sociedad conyugal. Tal y como está regulada, este regimen sigue otorgando al marido el control exclusivo sobre los bienes sociales y los bienes propios de la mujer. Esta normativa es una barrera invisible pero poderosa que limita la autonomía económica de ellas, impidiéndoles disponer libremente de su propio patrimonio.

Hay que insistir en esto. Reformar la sociedad conyugal es adecuar nuestra legislación a estándares internacionales. Implica que la mujer pueda administrar libremente sus bienes propios y coadministrar los bienes sociales, porque bajo el actual modelo, a lo sumo, ella puede administrar lo que obtiene por su trabajo remunerado separado del marido. Una reforma en este sentido aumentaría las opciones patrimoniales de ambos, de cara al desarrollo de su proyecto familiar de vida en común, enmendando en parte, las diferencias estructurales que afectan a las mujeres en materia de empleabilidad y sueldo, reconociendo implícitamente el trabajo de cuidados no remunerados.

No es razonable que este cambio legal siga detenido en el Senado, en una tramitación que partió el 2013. Hacemos un llamado urgente a la acción y que el 8M no sea solo una fecha simbólica para hablar de estos temas.

Por Alejandra Sepúlveda, presidenta ejecutiva de ComunidadMujer

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