Columna de Álvaro Pezoa: Información privilegiada
La noticia corrió rápidamente. La CMF había aplicado la multa máxima al gerente general de Cencosud S.A., por haber usado información privilegiada en la compra de acciones en mayo de 2022. La operación se habría realizado durante el período en que la propia compañía había solicitado al regulador reserva de la información debido a que Cencosud Brasil se encontraba en un proceso de negociaciones con una empresa local. La adquisición de las acciones habría infringido el artículo 165 de la Ley de Mercado de Valores. La CMF comunicó, además, que los antecedentes serían puestos a disposición del Ministerio Público.
El directivo negó haber usado información privilegiada en la adquisición sosteniendo, además, que informó debida y oportunamente al regulador. Cencosud afirmó lo mismo, señalando también que las negociaciones aludidas no habrían tenido relevancia material para ella. Todo parece indicar que la sanción dará paso a un proceso judicial entre las partes. A diferencia de casos similares ocurridos en el pasado, los dirigentes de los principales gremios empresariales del país salieron prontamente a condenar y manifestar la gravedad que significa la comisión de faltas legales -y éticas- de esta naturaleza, que afectan severamente la confianza en el sector.
Aun siendo una “noticia en desarrollo”, la cuestión reviste decisiva importancia. El uso indebido de información privilegiada consiste en una situación en que un individuo se encuentra al interior de una organización y tiene acceso a información relevante y no pública (normalmente en función de su cargo), y se sirve de dicha información para realizar una transacción comercial en provecho propio contando, por tal específica razón, con “ventaja potencial” frente al resto de los agentes económicos. Esta figura se encuentra tipificada como falta a la ley. Y, desde luego, representa un yerro ético mayor, atentatorio contra la legítima competencia en el mercado. Más allá de sus alcances legales (a veces sometidos a “tecnicismos” veleidosos), desde un punto de vista ético la transacción financiera en comento resulta ser, en el mejor de los casos, una imprudencia inexcusable. Por eso, llaman profundamente la atención los mensajes emitidos al público por el afectado y la empresa. Mínimamente cabría haber esperado el reconocimiento de lo inapropiada en el tiempo que fue la operación realizada.
El hecho bajo análisis sale a la luz en un momento en que el rubro empresarial chileno parece realizar esfuerzos por mejorar su imagen pública, transparentando conductas y procurando una relación más abierta con los diversos sectores de la sociedad, en el ánimo de retejer la confianza perdida. Cae como un “balde de agua fría” para ese proceso, volviendo a poner un serio manto de duda sobre la actividad. Restaurar confianzas es una tarea ardua, dañarla es cosa fácil. Se entienden, en este sentido, tanto el celo de la CMF como las palabras condenatorias de los gremios empresariales.
Por Álvaro Pezoa, ingeniero comercial y doctor en Filosofía
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