Columna de César Barros: Litio: ¿socios o tributantes?
Me llama la atención que los empresarios prefieran un royalty en el litio a una sociedad hecha y derecha con el Estado chileno.
Cuando éramos los reyes del salitre, el Estado recaudaba un impuesto -o royalty- por quintal exportado. El impuesto era un monto fijo, y cuando bajaban los ingresos fiscales, los gobiernos peleaban por subirlo; pero cuando bajaba el precio del salitre, sus ingresos no variaban. El sistema fue tan maligno que impidió a empresas y empresarios poder modernizarse y adecuarse a precios más reducidos, porque el Fisco simplemente se llevaba todos los ingresos; así, las salitreras terminaron quebrando, y el Fisco perdió pan y pedazo.
En una sociedad, en cambio, los intereses fiscales y privados están alineados. Aumentar los porcentajes de propiedad a favor del Fisco sería una expropiación hecha y derecha, de difícil trámite político y difícil defensa a nivel internacional. Subir un royalty, en cambio, es políticamente fácil: en los años buenos, es para muchos intragable que los extranjeros y los empresarios se lleven el premio de un mayor precio, y rápidamente se pediría un mayor royalty “para el pueblo” (“pero si la soya es un yuyo que crece solo”, clamaba Cristina K. al poner un dólar especial a ese producto).
En una sociedad, si el precio del litio sube, todos ganan y quedan felices; si baja, todos tristes; y si quiebra, todos lloran. Quitar al privado un porcentaje de su propiedad es mucho más difícil que subir un royalty que, además, nunca bajará, y como todos los impuestos que nacen como transitorios, terminan eternos (basta ver los sucesivos aumentos del IVA). Contra un mayor royalty, acudir a los tratados es costoso, y probablemente se pierda el caso; contra una expropiación, el caso internacional es muy claro, y la legalidad en ese ámbito está hecha para defenderse de esas medidas.
Respecto del control de la empresa por el Fisco, dependerá -obviamente- de si es solo el 51% o el 67%, y el corazón del tema estará en el contrato entre las partes que definirá quién pone cada cargo, y que protege los derechos de los socios minoritarios, en favor de los cuales hay una muy amplia y probada legislación, tanto chilena como extranjera (la administración desleal, los intereses incompatibles, etc. son tratados en nuestros códigos y regulaciones de sociedades abiertas y cerradas).
Es cierto que el Fisco impondrá sus clásicas demandas, que hacen el actuar empresarial más ineficiente: empleos inútiles, pagos de favores políticos con cargos en directorios y gerencias. Pero incluso con esos problemas, creo que para los empresarios es más seguro y permanente ser socios que estar sujetos a un impuesto fácilmente cambiable (vean los “royalties argentinos” a sus exportadores de granos y carne, y lo inútil que ha resultado “el reclamo del campo” a nivel nacional e internacional). Por otra parte, esa sociedad de propiedad público privada tendrá necesariamente su pacto de accionistas, con todas sus cláusulas clásicas, de first refusal, piggy back, etc, que impiden que el controlador se lleve la pelota para su casa.
Es cosa de hacerlo en forma inteligente, moderna y bajo los códigos de la legislación nacional e internacional que protege especialmente este tipo de conflictos.
Por César Barros, economista
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.