Columna de Daniel Loewe: La invasión de los idiotas

Revision de medidas cautelares de la exalcaldesa de Maipu Cathy Barriga
Foto: Jonathan Oyarzun/Aton Chile


Diputados de Partido Demócrata y de la bancada IDP-PPD han propuesto reformar el Código Procesal Penal: una cautelar sería quebrantada cuando un formalizado utilizando RRSS “se comunique u obtenga beneficio pecuniario para sí o para un tercero, o mejore su posición social o comunicacional, o ponga en riesgo la investigación”. La propuesta fue presentada luego de que Cathy Barriga, en arresto domiciliario mientras dura la investigación en su contra por fraude al Fisco, se uniera a una plataforma de contenido erótico de pago. También afectaría a Camila Polizzi, en arresto domiciliario mientras se investiga su participación en el caso Convenios. ¿Es razonable?

No lo es. Por supuesto un imputado no puede mediante RRSS poner en peligro la investigación, pero para ello no requerimos modificar la ley. ¿No debe poder mejorar su posición comunicacional? ¿En serio? ¿Tan poco creen los diputados en la independencia judicial? ¿También estará prohibido contratar una asesoría comunicacional?

Note que se trata de arresto domiciliario mientras se investiga. Y el resultado puede ser la inocencia de los imputados. Lo propio de la justicia es la aplicación imparcial de la ley (por eso desde el siglo XVI se la representa con un velo). Así, la propuesta viola la presunción de inocencia que la justicia nos debe a todos: en su balanza sopesa imparcialmente los hechos antes de hacer caer la espada y no al revés.

La idea de las cautelares es que deben ser proporcionales, sin restringir los derechos más allá de lo necesario, para asegurar el éxito de la investigación (no para que no ganen dinero). Por eso es un sinsentido que la diputada Joanna Pérez argumente que, si bien no son acciones ilícitas, podrían vulnerar la cautelar de un modo en que no se podría “desarrollar en los recintos penitenciarios regulares”. ¡Pero el arresto domiciliario es una medida diferente a la prisión preventiva, y es absurdo limitar más de lo necesario los derechos de los imputados en arresto domiciliario porque esos derechos están más restringidos en la prisión preventiva! Si le otorgamos al juez la discrecionalidad para decidir la medida, entonces se la otorgamos para decidir el grado y tipo de restricción de derechos. La confusión de la diputada es asombrosa.

¿Por qué los diputados quieren impedir que las personas en prisión preventiva puedan obtener “beneficios pecuniarios” mediante RRSS? Ya en 2015 Umberto Eco había prevenido que las RRSS amplifican las voces de las legiones de idiotas que solo hablaban en el bar después de un vaso de vino. En el bar, el idiota del pueblo declama a los cuatro vientos todo lo que debería estar prohibido. Tenía razón: ya sabemos que las esperanzas en estas redes como espacios de deliberación pública habermasiana y profundización de la democracia se esfumaron, dando paso a una realidad que se parece demasiado a un estado de naturaleza hobbesiano. Pero un problema mayor surge cuando empiezan a legislar. La denominación es: populismo penal.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.