Columna de Daniel Matamala: El informe 487

Este viernes, La Tercera publicó extractos del Informe 487 de la Policía de Investigaciones. Usando el programa Cellebrite Reader, la PDI recuperó mensajes de WhatsApp borrados del teléfono de la exalcaldesa de Santiago, Irací Hassler, y los transcribió en el informe. Entre ellos se incluyen diálogos del año 2022 con la diputada Karol Cariola, en que la parlamentaria se refiere en duros términos al gobierno, a autoridades y al Presidente Boric.
El teléfono de Hassler fue entregado en mayo de 2023, para buscar antecedentes sobre la compraventa de la Clínica Sierra Bella. Casi dos años después, la Fiscalía Regional de Coquimbo ordenó incautar los dispositivos personales de la actual presidenta de la Cámara de Diputados, Karol Cariola. Los argumentos que aparecieron en un principio eran débiles: los diálogos entre las dirigentas comunistas acerca de Sierra Bella no tenían indicios de delito.
Luego se conocieron antecedentes más comprometedores: chats entre ambas, sin relación con el caso Sierra Bella, en que la diputada intercedía ante la alcaldesa para la entrega de una patente de alcoholes para un empresario chino, lo que sí podría constituir un delito de tráfico de influencias. La gestión fue fallida, porque el permiso fue rechazado con el voto en contra de la propia Hassler.
Eso abre un primer debate. Parece una práctica ya institucionalizada de la Fiscalía entender la incautación de teléfonos como un permiso ilimitado para “salir a pescar” ilícitos, aunque estos no tengan nada que ver con el caso por el cual se autorizó la revisión del celular.
Así ocurrió con Luis Hermosilla, cuyo teléfono se incautó por los eventuales delitos que aparecen en su conversación con la abogada Leonarda Villalobos. Pero a partir de ahí se abrió una caja de Pandora, cuyos métodos nunca han sido claros. ¿Se han revisado todas las conversaciones de Hermosilla, o solo algunas? ¿Cuál es el criterio? ¿Qué límite se pone la Fiscalía?
Esa discusión se repite en el caso de la diputada Catalina Pérez. La Fiscalía secuestró su teléfono por el caso Fundaciones, pero luego abrió una investigación en su contra por el supuesto delito de aborto. De nuevo, ¿cuál es la frontera? ¿Es lícito escanear la vida completa de una persona, por si se encuentra de casualidad algún ilícito? ¿Puede el Ministerio Público escarbar incluso en la vida íntima y el historial médico?
Hasta aquí, hay un debate válido porque estamos hablando de la investigación penal, que es la pega de la Fiscalía.
Pero ese marco se sobrepasa totalmente cuando esta radiografía a la vida de los imputados entra en ámbitos que no tienen nada que ver con una indagación criminal.
En el caso Hermosilla, su defensa alertó de la filtración de material sobre su vida íntima. También salieron a la luz diálogos entre el penalista y el exfiscal Manuel Guerra, en tono vulgar, relativos a Evelyn Matthei. De nuevo, estas eran conversaciones privadas que no tenían nada que ver con la investigación de delitos. Los persecutores tenían el deber de resguardarlas, y no lo cumplieron.
Con razón, la bancada de diputados UDI condenó entonces la pérdida de la confidencialidad del expediente, y exigió a la Fiscalía “la persecución formal de estos actos ilícitos”. Varios políticos oficialistas que hoy critican la filtración de los chats de Cariola, festinaron entonces con esas comunicaciones privadas.
Son discusiones antiguas con tecnologías nuevas. En 1992, mucho antes de los chats y de WhatsApp, el empresario Ricardo Claro difundió una conversación telefónica privada en que el entonces senador Sebastián Piñera discutía estrategias para perjudicar a su correligionaria Evelyn Matthei. Claro pretendía (y lo logró) acabar con la candidatura presidencial de Piñera para las elecciones del año siguiente.
Pero pronto el debate público se centró en el tema de fondo: cómo se había grabado la conversación. Se develó que el teléfono de Piñera había sido pinchado en el Comando de Telecomunicaciones del Ejército, y que desde ahí el audio había pasado a manos de la propia Evelyn Matthei y de Claro.
“Si queremos hacer un juicio en esta materia, a mí me gustaría conocer las conversaciones privadas de todos los políticos chilenos”, desafió entonces Piñera. Tenía razón. La privacidad es un derecho constitucional que debe ser protegido, y resulta insólito que fiscales y policías hoy, como los militares entonces, se sientan con el derecho a pisotearlo tan impunemente.
El “Kiotazo” fue una operación de inteligencia del Ejército para espiar a políticos. En el informe 487, no sabemos qué pasó por la cabeza de los agentes de la Brigada Anticorrupción de la PDI. La explicación que da el informe policial, de que esas conversaciones son necesarias para entender la cercanía entre Hassler y Cariola, es ridícula.
Sea un gustito personal, una simple falta de criterio o una operación intencional, la PDI le hace un flaco favor al combate de la corrupción. La diputada Cariola debe responder por los antecedentes que la implican en tráfico de favores para un empresario chino. Pero que una persona sea investigada no le quita su derecho constitucional a la privacidad, que incluye el resguardo de las comunicaciones personales.
El informe 487 convierte la indagatoria sobre corrupción en un Gran Hermano, y hace que la intimidad de las personas quede al arbitrio de la decisión de algún burócrata.
Esto provoca un brutal deterioro de la confianza en la lucha contra la corrupción. Si la PDI o la Fiscalía son vistas como instrumentos proselitistas, todos perdemos. Más aun si incautar un teléfono ya no es solo un método de investigación, sino que se convierte en un arma ilimitada de espionaje y demolición personal.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.