Columna de Elisa Walker: 4/7 transitorios y permanentes
Por Elisa Walker, abogada
La Constitución de la República es el texto normativo de mayor trascendencia dentro del ordenamiento jurídico dada su primacía. La relevancia de la Constitución genera como consecuencia que la modificación de la misma contemple alguna exigencia especial que la diferencie de la simple aprobación de una ley.
El texto propuesto en el borrador de nueva Constitución refleja dicha importancia, al exigir que materias tan relevantes como la alteración sustancial del régimen político y los principios y derechos fundamentales, entre otros, sean sometidas a un referéndum ratificatorio y quórum especial para ser modificadas.
Claramente, uno de los vacíos del texto actual radica en no exigir más que mayoría simple, o mayoría absoluta, para la aprobación de las reformas constitucionales. Frente a este vacío, es valorable que, por razones de coherencia interna del texto, la Comisión de Armonización haya hecho una nueva propuesta para incluir un quórum de 4/7 para toda reforma constitucional en el texto permanente, que ahora debe ser ratificado por el Pleno.
Pero la relevancia de la Constitución y el mecanismo de reforma no solo ha generado discusión en las normas permanentes, sino que también en las transitorias, donde quedó claro que la discusión de la semana pasada sobre la idea de imponer un quórum de 2/3 ha sido felizmente superada. A través de indicaciones, la Comisión de Normas Transitorias está proponiendo ahora que el quórum de reforma constitucional por parte del actual Congreso Nacional sea de 4/7. Es de esperar que esto sea aprobado por parte del Pleno, ya que reafirma la primacía de la Constitución y no representa un bloqueo al debate de deliberación político, como sí lo hacían los 2/3.
Y al igual que para las permanentes, el acuerdo que hemos conocido no solo establece un quórum de 4/7 para reformas, sino que también exige referéndum ratificatorio para las mismas materias, incluyendo entre ellas los capítulos sobre naturaleza y medio ambiente.
Considerando que en democracia los procesos de deliberación política cobran máxima importancia; que este proceso constituyente es tan legítimo como legítimas son las labores que realiza el actual Congreso Nacional y las que realice el futuro Parlamento, es de esperar que el Pleno apruebe las dos propuestas. De esta forma, el nuevo texto constitucional se consolida como uno con sentido democrático, sin mecanismos de amarre, como ocurrió durante mucho tiempo con aquellos de la Constitución vigente que nunca pudieron ser modificados en beneficio de todos.
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