Columna de Emilio Oñate: Un nuevo gobierno judicial
En medio de acusaciones constitucionales que han concluido con la destitución de dos ministros de la Corte Suprema por hechos y causales muy distintas, el gobierno ha presentado un proyecto de reforma a la Carta Fundamental que busca transformar el sistema de nombramientos en el Poder Judicial.
En lo sustancial se propone la creación de un Consejo de Nombramientos Judiciales, que será responsable de seleccionar candidatos en base a criterios objetivos vinculados al mérito, que serán propuestos en orden de prelación a través de ternas al Presidente de la República. Este Consejo estará integrado por cinco miembros, tres de los cuales serán jueces, un ministro de la Corte Suprema, un ministro de una Corte de Apelaciones y un juez letrado del poder judicial seleccionados por sorteo, además de un ex decano de alguna de las universidades del CRUCH y un abogado de destacada trayectoria, designado por el Presidente de la República, previa propuesta del Consejo de Alta Dirección Pública, todos los cuales ejercerán estas funciones por cinco años, periodo durante el cual los jueces no podrán ejercer funciones jurisdiccionales.
La propuesta, en mi opinión, de manera acertada busca separar las funciones administrativas de las jurisdiccionales, actualmente radicadas ambas en la Corte Suprema, para que los jueces se enfoquen en el ejercicio de la jurisdicción, es decir, en conocer, juzgar y resolver contiendas de relevancia jurídica, sustrayendo a la Corte de funciones tales como el nombramiento de jueces o el hacer efectiva la responsabilidad funcionaria de estos, que aunque son tareas relevantes, no son propiamente judiciales.
Las funciones administrativas y económicas del poder judicial se radicarán en un organismo autónomo que se encargará también de gestionar los recursos de los tribunales, debiendo rendir cuenta de su gestión ante la Contraloría General de la República.
La propuesta, además, busca fortalecer las atribuciones de la Fiscalía Judicial que tendrá facultades para velar por el actuar de los jueces pudiendo investigar faltas disciplinarias y a la probidad en las que incurran los integrantes del Poder Judicial, teniendo competencia para prevenir conflictos de interés, dotándola de una potestad dictaminante para impartir instrucciones vinculantes para toda la judicatura.
El proyecto elimina la institución de los abogados integrantes, también para evitar conflictos de interés y preservar la independencia de los tribunales, por lo que sólo los jueces formalmente investidos podrán ejercer la función jurisdiccional y desarrollar la carrera judicial.
Otro aspecto interesante del proyecto es que reconoce en los colegios profesionales, y en lo que más interesa, en el Colegio de Abogados, la facultad para ejercer acciones o denunciar ante los tribunales faltas graves a la ética.
En definitiva, esta propuesta gubernamental que, si bien se presenta en un momento coyuntural complejo, avanza en delimitar la función jurisdiccional, pieza clave en la construcción de un Estado democrático, que no puede ser otra que aplicar el derecho de conformidad a las reglas y procedimientos descritos en la Constitución y en las normas dictadas conforme a ella, principalmente en la ley, aun cuando tales reglas puedan incluso ser contrarias a las convicciones personales de quien juzga.
Por Emilio Oñate, abogado y académico Universidad Central
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