Columna de Lidia Casas: Posibles modificaciones al INDH y la dura realidad

Sede del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en Providencia.


El INDH es una institución pública y autónoma que tiene un rol importante en la promoción y protección de los derechos humanos, cumpliendo con los lineamientos de estándares internacionales. Se suele vincular su labor solo con algunos temas, criticando en muchas ocasiones su rol en las causas asociadas al estallido social, o por representar a víctimas de agresiones o vulneraciones cometidas por agentes estatales, como policías o gendarmes. Es innegable el rol que el INDH cumplió en la protección de derechos en las comisarías u otros centros de detención durante el estallido social, y lo que sigue haciendo, promoviendo investigaciones para sancionar a los responsables.

La institución no ha estado exenta de problemas de funcionamiento desde sus inicios, precisamente por la integración de su Consejo, promovida desde distintas autoridades. Dentro del Consejo no hay miradas necesariamente compartidas sobre el derecho internacional de los derechos humanos y su interpretación, en particular el contenido y alcance de las obligaciones de los Estados conforme lo desarrollan los órganos de tratados. Ello se debe a que las miradas jurídicas o políticas están cruzadas por diferencias, algunas de ellas sustantivas y que escapan a lo sucedido durante el estallido social.

Los derechos humanos no pertenecen a izquierdas o derechas. Sin embargo, en la historia nacional, la protección y promoción de estos tiene una larga historia de luchas de diversas organizaciones por su reconocimiento, como los colectivos de la diversidad sexual, para asegurar la incorporación de una cláusula de no discriminación por razones de orientación sexual, cuestión que fue resistida por muchos años en el Congreso. Así las cosas, hablar de discriminación, igualdad de todas las personas, hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio, o la no exclusión de las adolescentes por razones de embarazo o la autonomía reproductiva de las mujeres, han sido temas de importantes controversias en cuya base están los derechos humanos. No cabe duda de que las diferencias se hicieron más patentes durante el estallido social.

Desde el inicio de la creación del INDH se han propuesto reformas, principalmente porque carece de algunas funciones fundamentales de un defensor del pueblo, una de ellas relativa a la legitimidad activa para demandar, pues está restringida a ciertos delitos señalados o que tengan una conexión con la protección de grupos de especial vulnerabilidad, como pudiera ser los periodistas por su trabajo de investigar e informar en temas de relevancia pública. Debe asegurarse su autonomía respecto del gobierno de turno, eliminando la disposición que establece que el Presidente de la República pueda designar consejeros, o que las declaraciones o actuaciones del INDH deban ser por unanimidad paralizando a la institución.

Una cuestión a considerar es que la dirección del Instituto no esté en manos de un miembro del Consejo, sino que sea una persona elegida por alta dirección pública, según criterios de reconocida experiencia y experticia en materia de derechos humanos. Eventualmente que los consejeros puedan ser personas abocadas solo a esa tarea.

Se dice que este espacio ha sido cooptado por los partidos, pero es poco honesto no señalar que las miradas sobre el rol del INDH, del derecho nacional al igual que el derecho internacional de los derechos humanos, están cruzadas por debates actuales en el Chile de hoy.

Por Lidia Casas, directora del Centro de Derechos Humanos UDP

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