Columna de María Elisa Morales: El derecho del consumo insostenible



En un mundo cada vez más consciente de los desafíos ambientales, el derecho del consumo emerge como un campo crucial pero insuficientemente desarrollado para abordar la crisis climática. En Chile, al igual que en muchos países, las leyes destinadas a proteger a los consumidores rara vez consideran el impacto ecológico de las decisiones de compra. Este “derecho del consumo insostenible” no solo perpetúa un ciclo insostenible de producción y consumo, sino que también socava los esfuerzos globales para limitar el cambio climático a niveles manejables.

Según los informes más recientes del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC), limitar el aumento de la temperatura global a 1,5 °C es crucial para evitar impactos devastadores en el clima, la biodiversidad, el suministro de agua y la seguridad alimentaria. Sin embargo, las políticas actuales apuntan a un aumento mucho mayor, reflejando una desconexión preocupante entre la urgencia climática y las acciones concretas.

En este contexto, el derecho del consumo desempeña un papel central al regular uno de los ámbitos más significativos en las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Se estima que aproximadamente dos tercios de las emisiones globales provienen de actividades relacionadas con el consumo, desde la producción de bienes hasta su uso y eliminación, por lo que los cambios en las decisiones de consumo podrían producir impactos significativos. En efecto, según un reporte sobre mitigación del cambio climático de IPCC, se proyecta que un cambio en las decisiones de consumo tiene el potencial de disminuir las emisiones globales de carbono entre un 40% y 70 % para el año 2050. Desde luego que, un cambio semejante debe ser impulsado por políticas públicas que se traduzcan en normas que regulen la actividad de consumo como parte de un sistema mayormente sustentable.

En Chile, el marco legal actual, principalmente la Ley Nº19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (LPDC), no aborda adecuadamente las implicaciones ambientales de las decisiones de consumo. Por ejemplo, la garantía legal de triple opción y el derecho de retracto fomentan un modelo de consumo lineal que promueve la rápida compra, uso y descarte, sin considerar las repercusiones ambientales a largo plazo. Este enfoque contrasta con iniciativas más avanzadas observadas en la Unión Europea, que desde 2008 ha apoyado las iniciativas sobre consumo sostenible de las Naciones Unidas y desarrollado políticas propias como el Plan de Acción para la Economía Circular de 2015 y el nuevo plan de acción de 2020. Estas iniciativas europeas incluyen requisitos sobre durabilidad de productos, disponibilidad de información sobre reparaciones, diseño ecológico, fomento de actividades de reutilización y gestión de residuos, entre otras medidas. A nivel nacional, algunos países europeos, como España están avanzando con proyectos de ley específicos, como el de Consumo Sostenible, que buscan combatir el greenwashing, desarrollar índices de reparabilidad y establecer el derecho a reparar como principio básico.

En Chile, la noción de un derecho del consumo sostenible recién emerge como una idea. No podemos seguir con un modelo que fortalezca los derechos del consumidor sin considerar la crisis climática y las implicancias del fenómeno del consumo. Necesitamos políticas y leyes que promuevan activamente el consumo sostenible, integrando consideraciones ambientales desde la etapa de diseño hasta el final del ciclo de vida del producto.

Por María Elisa Morales, académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile

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