Columna de Miriam Henríquez: ¿Cuotas o autorregulación?

Mujeres


En Chile, la presencia de mujeres en los directorios de sociedades anónimas abiertas alcanza un modesto 12,7%. Un estudio de la OCDE (2021) evidencia que países como Islandia, Francia, Noruega, Bélgica, Holanda y Alemania superan el 35% de participación de mujeres en directorios de sociedades listadas en bolsa, gracias al establecimiento de cuotas obligatorias de género. El mismo estudio sitúa a Chile con un 15,2%.

Recientemente se presentó un proyecto de ley para aumentar la participación de mujeres en los directorios. El proyecto presupone que la autorregulación no es suficiente ni efectiva y propone instalar un sistema gradual y mixto -primero de cuotas sugeridas y luego obligatorias- hasta llegar a un 40% de presencia de mujeres en los directorios de sociedades anónimas abiertas y especiales.

En este contexto, corresponde cuestionarse sobre la pertinencia de establecer normativamente la presencia equitativa de mujeres en los espacios de toma de decisiones del sector empresarial privado. Ello, en contraposición con los modelos de autorregulación empresarial o cuotas sugeridas vinculadas con el deber de comply or explain.

En Chile, los críticos del modelo de cuotas obligatorias señalan que menoscabaría el mérito, que sería discriminatorio, que no recoge las verdaderas urgencias del sector productivo y que importaría intervencionismo en la gestión corporativa de las empresas. Sin embargo, los cuestionamientos basados en el mérito desconocen que entre hombres y mujeres no existe igualdad de oportunidades. A pesar de su formación, competencias y habilidades, en incontables ocasiones las mujeres deben lidiar con sesgos y estereotipos de género. Por ejemplo, relacionados con su rol de cuidadoras o con una trayectoria diversa. Ello las condiciona en los procesos de selección laboral, ascenso o nombramiento en posiciones de mayor responsabilidad.

Estudios demuestran que integrarlas a los directorios es un “buen negocio” desde el punto de vista organizacional y productivo (Mujer y Trabajo, ComunidadMujer, marzo 2015). De allí su urgencia y conveniencia. La presencia de mujeres en los directorios promueve la toma de decisiones de manera colaborativa, propicia soluciones más creativas e integradoras, enfatiza el desarrollo de las personas, disminuye el riesgo y aumenta la rentabilidad de las empresas. Asimismo, abre oportunidades a otras mujeres para que se integren a las empresas, ocupen altos cargos y reduce las brechas salariales.

En promedio, los países con ley de cuotas obligatorias tienen 39% de mujeres en los directorios, 26% en aquellos con cuotas sugeridas y solo el 15% donde impera la autorregulación (Modelos de diversidad de género en los directorios, ChileMujeres-OIT, 2022).

El establecimiento de cuotas podría cuestionarse como una intromisión en el gobierno corporativo y en la libertad de los accionistas. Sin embargo, su instalación como una medida transitoria se justifica por su idoneidad y necesidad para acelerar la presencia de más mujeres en los espacios de poder y de toma de decisiones, entre ellos los directorios de las grandes empresas.

Por Miriam Henríquez, decana de la Facultad de Derecho, Universidad Alberto Hurtado

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